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Disposición 10/99 – Residuos Especiales

13-escbuenosaires

Residuos Especiales
Disposición 10/99
Secretaría de política Ambiental

La Plata, 29 de octubre de 1999.

VISTO lo dispuesto por la Ley 11.720, su Decreto Reglamentario 806/97 y demás normas complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto 806/97 se establecen las atribuciones que posee la Secretaría para instrumentar las metodologías de aplicación de la norma a los establecimientos generadores, operadores o transportistas de residuos especiales;

Que el acto a dictarse resulta reglamentario del Artículo 1° de la Resolución N° 345/99 de esta Secretaría de Política Ambiental, en función de lo cual las fechas de presentación previstas en el Artículo 1° de la presente poseen efecto retroactivo al 31/10/99.

Que resulta necesario establecer un mecanismo sistemático de presentaciones de la documentación solicitada a los efectos de optimizar los recursos humanos y técnicos de esta Secretaría;

Por ello,
EL SUBSECRETARIO TECNICO OPERATIVO
DISPONE:

Artículo 1º: Los establecimientos generadores de residuos especiales podrán presentar la documentación de la declaración jurada de la Ley 11.720, Decreto Reglamentario 806/97 de Residuos Especiales correspondiente al año 1999 en las siguientes fechas:

Digito verificador C.U.I.T. (*) Fecha presentación
0, 1, 2, 3………………………………………………….. 1/11/99 al 5/11/99
4, 5, 6……………………………………………………… 8/11/99 al 12/11/99
7, 8, 9……………………………………………………… 15/11/99 al 19/11/99
(*) Dígito verificador de la clave única de identificación tributaria.

La presente Disposición resulta reglamentaria del Artículo 1 de la Resolución 345/99 de esta Secretaría de Política Ambiental, en función de lo cual las fechas de presentación previstas poseen efecto retroactivo al 31/10/99.

Art. 2º: Regístrese, comuníquese a la Dirección Provincial de Control Ambiental y Saneamiento Urbano y a la Dirección Provincial de Evaluación y Recursos Naturales, publíquese en el “Boletín Oficial” y archívese.

Lic. Mario J. Fittipaldi
Subsecretario Técnico Operativo
Secretaría de Política Ambiental
C.C. 7.685

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