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Resolución 368/12 – Registro de Productores, Proveedores y Distribuidores de Bolsas Plásticas

12-escmunicbsas

Registro de Productores, Proveedores y Distribuidores de Bolsas Plásticas
Resolución 368/12
Agencia de Protección Ambiental

Se Reglamenta La Inscripción En El Registro De Productores, Proveedores Y Distribuidores De Bolsas Plásticas

Publicada en el Boletín Oficial: 7 de diciembre de 2012

VISTO:
Las Leyes Nº 2.628 y Nº 3.147, el Decreto Nº 180/2012, las Resoluciones Nros. 155/APRA/2012, 193/APRA/2012 y 255/APRA/2012, el Expediente N° 2.142.417/2012
y CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 3.147 tiene por objeto fomentar el desarrollo de la producción de bolsas biodegradables, la reducción progresiva y posterior prohibición en la entrega de bolsas no biodegradables por parte de los comercios, y la sustitución de sobres y bolsas no biodegradables por aquellos que sí lo son;

Que mediante el Decreto Nº 180/2012 se reglamentó dicha Ley designándose como Autoridad de Aplicación a la Agencia de Protección Ambiental;

Que por Resolución N° 155/APRA/2012 se aprobó el Plan de Reducción de Bolsas y Sustitución de Sobres No Biodegradables; que fuera modificada parcialmente por medio de las Resoluciones Nros. 193/APRA/2012 y 255/APRA/2012;

Que asimismo, la Resolución N° 155/APRA/2012 establece que la coordinación general del Plan de Reducción de Bolsas y Sustitución de Sobres No Biodegradables, así como las cuestiones operativas del mismo estarán a cargo de la Dirección General de Estrategias Ambientales, encontrándose facultada para dictar las normas complementarias, aclaratorias, interpretativas y modificatorias que resulten necesarias;

Que mediante la Resolución Nº 255/APRA/2012 se creó el Registro de Productores, Proveedores y Distribuidores de Bolsas Plásticas que resulten abastecedores de comercios emplazados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en tal sentido, la Resolución Nº 255/APRA/2012 establece que dichos Productores, Proveedores y Distribuidores de Bolsas Plásticas que resulten abastecedores de comercios emplazados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán inscribirse en el Registro declarando que a partir de las fechas fijadas, comercializarán en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sólo aquellas bolsas plásticas que respeten los porcentajes mínimos de material reciclado y que dichas bolsas contarán con el texto aprobado en el punto 2.3.- del Anexo II de dicha Resolución;

Que en el ámbito de la producción de Bolsas Plásticas se presentan diversas situaciones en cuanto a la obtención de material reciclado como insumo de su proceso productivo;

Que mientras algunos productores cuentan con plantas recicladoras propias, otros compran el material reciclado o envían a reciclar el descarte de su producción;

Que a fin de abarcar los distintos escenarios que se presentan es necesario identificar cada una de las situaciones así como los extremos que pretenden invocarse;

Que en el caso de los productores que cuentan con plantas recicladoras propias, la descripción del proceso productivo es firmada por un técnico matriculado y representante legal;

Que en el caso de los productores que compran el material reciclado u obtienen el mismo de su propio descarte, la Norma ISO14021 resulta ser un indicador al establecer en su punto 7.8.4.2: “La verificación del origen y la cantidad del material reciclado puede ser llevada a cabo a través del uso de documentación de compra y otros registros disponibles”;

Que es preciso arbitrar los medios necesarios para poner en funcionamiento el Registro de Productores, Proveedores y Distribuidores de Bolsas Plásticas que resulten abastecedores de comercios emplazados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, indicando los requisitos mínimos que deberán cumplirse, sin perjuicio de la documentación adicional que pudiese llegar a solicitar;

Que, en base a lo expuesto, deviene necesario requerir a los productores, proveedores y distribuidores de bolsas plásticas que resulten abastecedores de comercios emplazados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al momento de su inscripción en el Registro, la presentación de una declaración jurada manifestando que comercializarán en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sólo aquellas bolsas plásticas que respeten los porcentajes mínimos de material reciclado y que dichas bolsas contarán con el texto aprobado en el punto 2.3.- del Anexo II de la Resolución Nº 255/APRA/2012;

Que, siendo la Agencia de Protección Ambiental la autoridad de aplicación del presente régimen conforme lo dispone el Decreto Nº 180/2012, y teniendo la Dirección General de Estrategias Ambientales, la Coordinación del Plan Reducción de Bolsas y Sustitución de Sobres No Biodegradables, resulta pertinente aprobar el modelo de Declaración Jurada que como Anexo I forma parte integrante de la presente y que deberán presentar los sujetos alcanzados por el Registro creado por la Resolución Nº 255/APRA/2012.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 2.628 y el Decreto Nº 180/2012,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE:

Artículo 1º.- Establécese que los Productores, Proveedores y Distribuidores de Bolsas Plásticas que resulten abastecedores de comercios emplazados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán presentar, a fin de obtener su inscripción en el Registro creado por artículo 5 de la Resolución Nº 255/APRA/2012, en carácter de declaración jurada y ante la Agencia de Protección Ambiental, el formulario que se aprueba como Anexo I y que forma parte integrante de la presente.

Art. 2º.- Facúltase a la Dirección General de Estrategias Ambientales a realizar las auditorías y constataciones que estime pertinentes a fin de corroborar el cumplimiento de los establecido en el artículo 6 de la Resolución Nº 255/APRA/2012.

Art. 3º.- Regístrese, publíquese, comuníquese. Cumplido, archívese.

ANEXO I

REGISTRO DE PRODUCTORES, PROVEEDORES Y DISTRIBUIDORES DE BOLSAS PLASTICAS

FORMULARIO DE INSCRIPCION

Razón Social (*):
Dirección de Mail:
CUIT Nº :
Domicilio real:
Domicilio Legal:
Teléfono:
Firma del Titular o Representante legal del Establecimiento Productor, Proveedor y/o Distribuidor:
………………………………………………………
Aclaración: …………………………………………………….
DNI N°:…………………………………………………………..
Cargo:…………………………………………………………..
Fecha: ………./…………/……….

I) PRODUCTORES QUE CUENTAN CON SISTEMAS DE RECICLAJE DEL MATERIAL PLASTICO OBTENIDO A PARTIR DEL DESCARTE DE SU PROPIA PRODUCCION O COMPRE DE DESCARTE DE TERCEROS.

Conforme a lo establecido por la Resolución Nº 255/APRA/2012 declaro que las bolsas plásticas que comercialice a partir del 1º de enero de 2013 en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires respetan los porcentajes mínimos de material reciclado conforme a lo estipulado en el Anexo I punto 2 y que dichas bolsas cuentan con el texto aprobado en el punto 2.3.- del Anexo II de la misma Resolución.

A fin de acreditar los porcentajes mínimos de material reciclado acompaño una descripción detallada del Proceso Productivo empleado, firmado por técnico matriculado y representante legal.

II) PRODUCTORES QUE DEBEN TERCERIZAR EL RECICLAJE DEL MATERIAL PLASTICO OBTENIDO A PARTIR DEL DESCARTE DE SU PROPIA PRODUCCION O COMPRE MATERIAL RECICLADO DE TERCEROS

Conforme a lo establecido por la Resolución Nº 255/APRA/2012 declaro que las bolsas plásticas que comercialice a partir del 1º de enero de 2013 en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires respetan los porcentajes mínimos de material reciclado que corresponda conforme lo estipulado en el Anexo I punto 2 y que dichas bolsas cuentan con el texto aprobado en el punto 2.3.- del Anexo II de la misma Resolución.

A fin de acreditar los porcentajes mínimos de material reciclado acompaño copia certificada de la documentación de compra y/o copia certificada de otros registros disponibles, los que se detallan a continuación:
_______________________________________________________________ _______________________________________________________________ _______________________________________________________________ _______________________________________________________________ _______________________________________________________________ _______________________________________________________________ _______________________________________________________________

III) PROVEEDORES Y DISTRIBUIDORES

Declaro que las bolsas plásticas que comercialice a partir del 1º de enero de 2013 en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires se las he comprado a los siguientes Productores, los que se hayan inscriptos en el Registro de Productores, Proveedores y Distribuidores conforme a lo establecido por la Resolución Nº 255/APRA/2012.
_______________________________________________________________ _______________________________________________________________ _______________________________________________________________ _______________________________________________________________ _______________________________________________________________ _______________________________________________________________ _______________________________________________________________

A fin de acreditar lo expuesto acompaño copia certificada de los remitos y/o copia certificada de otros registros disponibles, los que se detallan a continuación:
_______________________________________________________________ _______________________________________________________________ _______________________________________________________________ _______________________________________________________________ _______________________________________________________________ _______________________________________________________________ _______________________________________________________________

(*) Acreditar la personería jurídica de la entidad a la cual pertenece, presentando copias certificadas de las actas constitutivas o estatutos, actas de designación de autoridades y distribución de cargos.

El presente formulario deberá presentarse junto con la documentación correspondiente ante la Mesa General de Entradas de la Agencia de Protección ambiental sito en Av. Belgrano 1429 de lunes a viernes en el horario de 8 a 15 hs.

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