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Resolución 42/19 – Programa para la Conservación y Rescate de Aves Rapaces (PCRAR)

Programa para la Conservación y Rescate de Aves Rapaces (PCRAR)
Resolución 42/19
Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque

Buenos Aires, 15 de mayo de 2019
Publicada en el Boletín Oficial: 28 de mayo de 2019

VISTO: La Ley N° 5.752 ( Texto consolidado por Ley N° 6.017), los Decretos Nros. 82/17, 217/18 y 339/18, la Resolución N° 756/MAYEPGC/18, la Disposición N° 24/UGETUPEEI/19, el Expediente Electrónico N° 11900138-GCABA-UGGOAALUPEEI-2019, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.752 (Texto consolidado por Ley N° 6.017) dispuso la transformación progresiva del Jardín Zoológico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “Eduardo Ladislao Holmberg”;

Que la mencionada Ley estableció en su Artículo 3°, que la gestión y transformación del predio se efectuará de conformidad a una serie de objetivos entre los cuales se contempla la “Implementación y/o desarrollo de proyectos integrales de conservación de especies silvestres y hábitats naturales, a través de acciones “in situ” y “ex situ”;

Que mediante Disposición N° 24/UGETUPEEI/18 se aprobó en el ámbito de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el “PROGRAMA PARA LA CONSERVACIÓN Y RESCATE DE AVES RAPACES (PCRAR)”;

Que mediante la Comunicación Oficial N° NO-2019-13672955-GCABA-UGETUPEEI, el área de Conservación, Educación y Proyectos dependiente de la Unidad Gestión Estratégica y Transformación manifestó que el mismo centrará sus acciones “en dos grandes grupos de aves rapaces. Por un lado, las grandes águilas amenazadas de la Argentina (de los géneros Buteogallus, Morphnus, Spizaetus y Harpia) dentro de su área de distribución y, por otro, las diferentes especies de aves rapaces que habitan la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A través de este enfoque se intenta abordar las problemáticas asociadas a la conservación de algunos de los grandes predadores tope de las selvas y bosques del país como son las grandes águilas, junto con las problemáticas locales asociadas a las especies urbanas”;

Que asimismo el área Conservación, Educación y Proyectos manifestó oportuno proceder a reformular los objetivos y alcances del programa aprobado, atento a que es prioridad de la institución la continua optimización de los recursos y acciones llevadas a cabo en pos de la conservación de especies y el bienestar de los individuos que habitan en el predio o arriban al mismo en el marco de las distintas acciones de conservación realizadas;

Que en ese sentido mediante el Informe N° IF-2019-11373252-UGETUPEEI, se reformularon los objetivos y alcances del “PROGRAMA PARA LA CONSERVACIÓN Y RESCATE DE AVES RAPACES (PCRAR)”;

Que mediante Comunicación Oficial N° NO-2019-13675050-GCABA-UGETUPEEI, el Titular de la Unidad Gestión Estratégica y Transformación prestó conformidad a los cambios sugeridos por el área de su dependencia;

Que el Programa responde a los lineamientos generales de transformación del ex Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires, “Eduardo Ladislao Holmberg”, aprobado mediante Resolución N° 756/MAYEPGC/18, atento a la necesidad de fortalecer las áreas de conservación y educación como ejes centrales, junto al bienestar animal, teniendo en consideración que los proyectos de conservación son una pieza esencial a lo largo de todo el Ecoparque, abordando la preservación de animales autóctonos amenazados o en peligro de extinción, destacándose la importancia de los Programas de Conservación, entre ellos el de Aves Rapaces;

Que el Programa para la Conservación y Rescate de Aves Rapaces se encuentra íntimamente relacionado con los objetivos establecidos en la Ley N° 5.752 (Texto consolidado Ley N° 6.017);

Que de conformidad con el Decreto N° 217/18, se encuentran entre los objetivos de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los de planificar, coordinar y ejecutar la transformación del ex Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires “Eduardo Ladislao Holmberg“ en un Ecoparque Interactivo, enfocado en la educación, concientización ambiental y en la conservación de la biodiversidad;

Que por lo expuesto resulta oportuno dejar sin efecto la Disposición N° 24/UGETUPEEI/18 y aprobar, en el marco de las competencias conferidas a esta Unidad, el “PROGRAMA PARA LA CONSERVACIÓN Y RESCATE DE AVES RAPACES (PCRAR)” con los objetivos y alcances sugeridos por el área de Conservación, Educación y Proyectos dependiente de la Unidad Gestión Estratégica y Transformación, el cual se desarrollará en el ámbito de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 339/18, se designó a partir del 1° de octubre de 2018, al Lic. Federico Iglesias, como Titular del Organismo Fuera de Nivel Unidad de Proyectos Especiales (UPE) “Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, bajo la órbita del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que la Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales ha tomado debida intervención.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

EL TITULAR DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE:

Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Disposición N° 24/UGETUPEEI/18 por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.

Art. 2°.- Apruébase en el ámbito de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el “PROGRAMA PARA LA CONSERVACIÓN Y RESCATE DE AVES RAPACES (PCRAR)” con los objetivos y alcances establecidos en el Anexo I (IF-2019-11373252-GCABA-UGETUPEEI), que forman parte integrante de la presente Resolución.

Art. 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Unidad General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales y a la Unidad Gestión Estratégica y Transformación ambas dependientes de esta Unidad. Cumplido, archívese.- Iglesias

ANEXO

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