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Decreto 3340/07 – Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales

19-escentrerios

Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales
Decreto 3340/07
Poder Ejecutivo Provincial

Declaración de interés provincial – Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales (PERMER).

Entre Ríos, 5 de julio de 2007
Públicado en el Boletín Oficial: 31 de enero de 2008

VISTO:

El convenio de participación en el “Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales (PERMER)”, suscripto entre la Secretaría de Energía de la Nación y el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y;
CONSIDERANDO:

Que la Provincia se encuentra realizando un considerable esfuerzo para solucionar el abastecimiento eléctrico en el mercado rural disperso, extendiendo los beneficios del suministro de electricidad a la población rural que por razones de costos y accesibilidad se encuentran imposibilitadas de ser incorporadas al esquema de distribución de electricidad convencional;

Que debido a la gran asimetría entre los costos del equipamiento de generación descentralizado y la capacidad de pago del habitante rural, es necesario establecer un subsidio a este poblador, de tal manera de hacer factible la mejor solución tecnológica disponible tanto desde el punto de vista económico como ambiental;

Que la Secretaría de Energía de la Nación se ha propuesto contribuir en las actividades de electrificación del mercado rural disperso y a fin de obtener financiamiento para las mismas ha gestionado ante el Banco Mundial y el Fondo Global del Medio Ambiente (GEF) un préstamo que será distribuido a través del “Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales”, PERMER-, entre las provincias que lo soliciten;

Que es de interés de la Provincia de Entre Ríos, acceder a dicho beneficio, razón por la cual la misma ha suscripto en fecha 14 de diciembre de 2006, un convenio de participación en el PERMER, cuya ratificación se propicia por intermedio del presente texto legal;

Que corresponde facultar a la Secretaría de Energía de la Gobernación como organismo provincial idóneo para llevar a cabo los procedimientos necesarios para la implementación y ejecución del citado programa;

Por ello:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1
º: Declárese de Interés Provincial el “Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales (PERMER)”.

Art. 2
º: Ratifícase el convenio de participación en el PERMER, suscripto entre la Secretaría de Energía de la Nación y el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, el cual en copia simple se adjunta al presente texto legal.

Art. 3
º: Facúltase a la Secretaría de Energía de la Gobernación, a fin de que efectúe los procedimientos necesarios para la implementación y ejecución del citado “Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales (PERMER)”.

Art. 4
º: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado, de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos.

Art. 5
º: De forma.

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