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Decreto 1494/13 – Residuos Sólidos Urbanos

24-escmendoza

Residuos Sólidos Urbanos
Decreto 1494/13
Poder Ejecutivo Provincial

Protocolo Al Convenio Para El Mejoramiento De La Gestión Y Tratamiento De Los Residuos Sólidos Urbanos En Los Departamentos Del Área Metropolitana

Mendoza, 10 de septiembre de 2013
Publicada en el Boletín Oficial: 31 de octubre de 2013

Visto el expediente N° 955-S-2012-03792 en el cual se eleva para su aprobación el Protocolo al Convenio para el Mejoramiento de la Gestión y Tratamiento de los Residuos Sólidos Urbanos en los Departamentos del Área Metropolitana, Decreto N° 380/99, celebrado entre el Gobierno de Mendoza, representado por el Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Ing. Marcos Zandomeni y el Intendente de la Municipalidad de Las Heras, Dn. Rubén Miranda; y
CONSIDERANDO:

Que el referido instrumento tiene por objeto contribuir a la mejora de la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en el Departamento Las Heras, mediante la colaboración con el Municipio en las acciones de preservación y control ambiental y social del sitio donde actualmente funciona la Cooperativa de Separación de Residuos de la citada Municipalidad, la cual se ubica dentro del predio del Vertedero Controlado de Residuos de laMunicipalidad de Las Heras, localizado sobre Ruta N° 40, Distrito El Borbollón.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1º.- Apruébese el PROTOCOLO al Convenio para el Mejoramiento de la Gestión y Tratamiento de los Residuos Sólidos Urbanos en los Departamentos del Área Metropolitana Decreto N° 380/99, celebrado entre el Gobierno de Mendoza, representado por el Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Ing. Marcos Zandomeni y el Intendente de la Municipalidad de Las Heras, Dn. Rubén Miranda, celebrado el día 29 de Julio de 2013, el que como Anexo en fotocopia certificada integra el presente decreto.

Art. 2°.- La rendición de cuentas deberá efectuarse en conformidad con lo establecido en el Acuerdo N° 2514/1997 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Art. 3°.- La rendición de los fondos recibidos deberá efectuarse en el plazo de noventa (90) días corridos contados a partir de la fecha de finalización del Protocolo que se aprueba por el Artículo 1° de este decreto.

Art. 4°.– El gasto emergente del Protocolo que se aprueba por este decreto y que asciende a la suma total de pesos cuatro millones ochocientos setenta y siete mil ochocientos ochenta y seis con setenta centavos ($ 4.877.886,70); se atenderá con cargo al Presupuesto de Erogaciones – Ejercicio 2013, Unidad de Gestión de Crédito: SA1000-43116-00, Unidad de Gestión de Consumo: SA0001.

Art. 5º.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Trabajo, Justicia y Gobierno; Hacienda y Finanzas e Infraestructura y Energía.

Art. 6°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese. – Firmantes FRANCISCO HUMBERTO PEREZ – ROLANDO DANIEL BALDASSO – FÉLIX RODOLFO GONZALEZ

ANEXO

Protocolo Al Convenio para el Mejoramiento de la Gestión y Tratamiento de los Residuos Sólidos Urbanos en los Departamentos del Área Metropolitana Decreto N° 380/99 Departamento Las Heras El Gobierno de Mendoza, representado en este acto por el Señor Gobernador Dr. Francisco Pérez, el Señor Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable Ing. Marcos Zandomeni, en adelante “La Provincia”, y el Señor Intendente de la Municipalidad de Las Heras, Dn. Rubén Miranda, en adelante “El Municipio”, manifiestan su voluntad a celebrar el presente Protocolo al Convenio Marco Interjurisdiccional Área Metropolitana, ad referendum del Poder Ejecutivo Provincial, aprobado por Decreto Nº 380/99, destinado a contribuir al desarrollo de Sistemas para Optimizar la Gestión y Control de los Residuos Sólidos Urbanos y Peligrosos en el ámbito de la jurisdicción territorial citada y dentro del marco de la Ley N° 5.961 de Preservación, Conservación y Mantenimiento de Ambiente, Ley Nº 5.970 de Residuos Urbanos, y Plan Provincial de Residuos Sólidos Urbanos.

Art. 1º. Objeto Contribuir a la mejora de la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en el Departamento de Las Heras, mediante la colaboración con el Municipio en las acciones de preservación, y control ambiental y social del sitio donde actualmente funciona la Cooperativa de Separación de Residuos de la Municipalidad de Las Heras; la cual se ubica dentro del predio del Vertedero Controlado de Residuos de la Municipalidad de Las Heras, localizado sobre Ruta Nº 40, distrito El Borbollón.

Art. 2º. Obligaciones de las Partes I. Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable se compromete a dar cumplimiento a lo siguiente:

1. Transferir a la Municipalidad de Las Heras, una vez aprobado el presente Protocolo por Decreto del Ejecutivo Provincial, la suma total de Pesos cuatro millones ochocientos setenta y siete mil ochocientos ochenta y seis con 70/100 ($ 4.877.886,70), destinados a tareas de mantenimiento, carga y traslado de residuos dentro del predio al lugar de enterramiento luego de la separación, posterior limpieza del sitio, así como las correspondientes tareas de control ambiental y social, del lugar donde actualmente función la Cooperativa de separación de residuos de la Municipalidad de Las Heras.

2. Los fondos previstos, serán transferidos a la Municipalidad de Las Heras por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, durante los 30 días posteriores a la aprobación del presente Protocolo por Decreto Provincial, y la Municipalidad de Las Heras deberá rendir cuenta de los mismos de conformidad a lo establecido en el Acuerdo Nº 2514/97 del Honorable Tribunal de Cuentas.

(Anexo I)

II. Municipalidad de Las Heras El Municipio se compromete a dar cumplimiento a lo siguiente:

1. Presentar informe ante la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, sobre el desarrollo de las tareas enunciadas en el Artículo 22, punto I, inciso 1, una vez finalizado el plazo del presente Protocolo, a los fines de la verificación de su cumplimiento.

2. Presentar ante la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, copia de la rendición de los fondos transferidos presentada ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Mendoza.

Art. 3º. Plazo El plazo de vigencia del presente Protocolo será de 12 meses, contados a partir de la fecha de ratificación del mismo por Decreto Provincial.

Art. 49. Controversias A los efectos emergentes del presente Convenio, las partes fijan domicilio legal: el Secretaría de Ambiente y Desarrollo

Sustentable: Casa de Gobierno – 7° piso – 5500 Mendoza, Municipalidad de Las Heras: San Miguel 1600 – 5539, donde tendrán por válidas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que deban cursarse, renunciando a cualquier fuero o jurisdicción que no sea los tribunales ordinarios de la Primera Circunscripción de la Provincia de Mendoza. Para constancia y en prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Mendoza a los 29 días, del mes de julio de dos mil trece.

ANEXO I

Acuerdo Nº 2514/97 – Honorable Tribunal de Cuentas A los 29 días del mes de julio de dos mil trece, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo Nº 2514/97 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, se notifica a la Municipalidad de Las Heras, en relación con el subsidio otorgado por la Secretaría Ambiente y Desarrollo Sustentable a la referida entidad: Primero: Identificación del organismo otorgante: Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable. Segundo: Identificación del receptor: Municipalidad de Las Heras.

Tercero: Identificación del Representante Legal: Intendente, Dn. Rubén Miranda.

Cuarto: Identificación del Responsable de rendir cuentas: Intendente, Dn. Rubén Miranda.

Quinto: Domicilio legal y especial del otorgante: Casa de Gobierno – 7° Piso – Mendoza.

Sexto: Domicilio legal y especial del receptor: San Miguel 1600 – 5539 – Las Heras.

Séptimo: Suma convenida en dinero o en especie: Pesos cuatro millones ochocientos setenta y siete mil ochocientos ochenta y seis con 70/100 ($ 4.877.886,70).

Octavo: Determinación de la finalidad y destino de los fondos: Contribuir a la mejora de la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en el Departamento de Las Heras, mediante la colaboración con el Municipio, en las acciones de preservación, y control ambiental y social del sitio donde actualmente funciona la Cooperativa de Separación de Residuos de la Municipalidad de Las Heras, la cual se ubica dentro del predio del Vertedero Controlado de Residuos de la Municipalidad de Las Heras, localizado sobre Ruta Nº 40, distrito El Borbollón.- Noveno: Rendición de cuentas parcial o final: la rendición de cuentas de los fondos recibidos será presentada conforme lo establecido en el Acuerdo Nº 2514/97 del Honorable Tribunal de Cuentas, en un plazo de 90 días contados desde la fecha de finalización del presente Convenio.

El receptor del presente subsidio firma al pie de conformidad y declara tomar conocimiento de lo establecido en el Acuerdo Nº 2514/97 del Honorable Tribunal de Cuentas que se agrega al presente Convenio.

En la fecha se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto

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