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Decreto 240/13 – Plan de Obras. Malargüe

24-escmendoza

Plan de Obras. Malargüe
Decreto 240/13
Poder Ejecutivo Provincial

Plan De Obras A Realizar En El Departamento De Malargüe Con Los Fondos De Desarrollo Socio Ambiental

Mendoza, 14 de febrero de 2013
Publicada en el Boletín Oficial: 9 de octubre de 2013

Visto el expediente N° 242-S-2013-03792, a través del cual la Comisión del Fondo de Desarrollo Socio Ambiental solicita la aprobación del plan de obras a realizar en el Departamento de Malargüe con los “Fondos de Desarrollo Socio Ambiental”, creado mediante el Artículo 2° de la Ley N° 8200; y
CONSIDERANDO:

Que el Artículo 2° de la Ley N° 8200, establece la Creación de un Fondo de Afectación Específica, en el ámbito de la Secretaría de Medio Ambiente hoy Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, el que se denominará “Fondo de Desarrollo Socio Ambiental” y estará sujeto a los términos y condiciones establecidas en el Acta Compromiso ratificada por la mencionada Ley.

Que en el inciso f) del apartado 4.5 del punto 4 “El Aporte” del Anexo del Acta Compromiso celebrada el día 14 de agosto del año 2009, ratificada por Decreto N° 2115/09, se establece que el 100% de las sumas adelantadas por la Empresa Potasio Río Colorado S.A. al Fondo, serán destinadas a obras dentro del Departamento de Malargüe.

Que, asimismo, el Artículo 3° de la citada Ley, crea la Comisión del Fondo de Desarrollo Socio Ambiental del Proyecto Potasio Río Colorado, conforme a los términos del Acta compromiso ratificada por Decreto N° 2115/09.

Que entre las funciones de la citada Comisión se encuentra la de “desarrollar o actualizar anualmente los estudios técnicos, económicos y de sustentabilidad necesarios y proponer al Poder Ejecutivo Provincial el plan de obras, de manera de maximizar el impacto socio-ambiental positivo del Proyecto, asegurando una distribución equilibrada de los recursos e inversiones según las necesidades de las comunidades involucradas en las zonas de influencia directa e indirecta del Proyecto”.

Que a tal efecto, a fojas 3/4 de las presentes actuaciones, obra el plan de obras e inversiones ejecutadas, en ejecución y las proyectadas por el Municipio de Malargüe, aprobado por Acta celebrada el día 13 de febrero de 2013, suscripta por los miembros de la Comisión del Fondo de Desarrollo Socio Ambiental.

Por ello, en virtud de lo dictaminado por la Asesoría Legal de esta Secretaría y en uso de sus facultades,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1º.- Apruébese el plan de obras e inversiones ejecutadas, en ejecución y proyectadas, por el Municipio de Malargüe, aprobado por Acta de fecha 13 de febrero de 2013, obrante a fojas 2, por la Comisión del Fondo de Desarrollo Socio Ambiental, que como Anexo forma parte del presente decreto.

Art. 2°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Trabajo, Justicia y Gobierno y de Infraestructura y Energía.

Art. 3°.- Comuníquese a quienes corresponda y archívese. Firmantes FRANCISCO HUMBERTO PEREZ – ROLANDO DANIEL BALDASSO – FELIX RODOLFO GONZALEZ

ANEXO

ACTA COMISIÓN DEL FONDO DE DESARROLLO SOCIO AMBIENTAL POTASIO RÍO COLORADO En la Ciudad de Mendoza a los 13 días del mes de febrero de 2013, siendo las 10,00 Horas, en el 7mo Piso de la Casa de Gobierno, Peltier 351, se reúne la Comisión del Fondo de Desarrollo Socio Ambiental Potasio Río Colorado (Decreto 2115/09, Ley 8200), con la presencia del Sr. Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Ing. Marcos Zandomeni, del Sr. Ministro de Infraestructura, Transporte y Vivienda; Ing. Rolando Baldasso, del Intendente del Departamento de Malargüe. Cdor. Juan Antonio Agulles y del Sr. Gerente de Potasio Río Colorado, con el propósito de tratar el siguiente temario: -Plan de obras de la Municipalidad de Malargüe a ser financiadas por el Fondo de Desarrollo Socio Ambiental. -Proyecto de Reglamento interno de la Comisión del Fondo de Desarrollo Socio Ambiental. El Cdor. Juan Antonio Agulles, acompaña a la presente reunión el detalle de las obras e inversiones ejecutadas, en ejecución y las proyectadas por el Municipio para ser financiadas con el Fondo de Desarrollo Socio Ambiental. Se somete a consideración y luego de ser evaluado se aprueba por unanimidad, quedando en condiciones de ser elevado a conocimiento y aprobación por parte del Poder Ejecutivo Provincial. El Ing. Marcos Zandomeni presenta el Proyecto de Reglamento interno de la Comisión del Fondo de Desarrollo Socio Ambiental, de acuerdo a lo dispuesto en el Acta de fecha 17/04/12, suscripta por los miembros de la presente Comisión, la que queda a consideración de los presentes. No habiendo más asuntos que tratar, se da por terminada la reunión siendo las 12,10 horas, dejándose constancia de la ausencia del Sr. Gerente de Potasio Río Colorado.

ANEXO I

ACTA COMISION FONDO DE DESARROLLO SOCIO AMBIENTAL LEY 8200/2010 OBRAS APROBADAS POR LA COMISION RATIFICADAS POR DECRETO DEL GOBERNADOR

Monto en $

Observaciones

Construcción “Terminal de Omnibus y Campus Educativo II” y Ampliación Aulas Campus I 9.704.056,88

Obra Inaugurada. Falta terminar de pagar Honorarios Profesionales para la realización de Proyecto Ejecutivo

Dirección Técnica e ………………………………………………………………………………………….. 360.000,00

Inspección de Obra.

Construcción de Redes de Media y Baja

Tensión Loteo 60 Aniversario 1040 lotes …………………………………………………………….. 12.900.000,00

Monto de Presupuesto oficial. En Licitación

Construcción Red de Agua Potable Perforación Loteo Aniversario………………………………… 2.947.361,00

95% Avance Obra

Honorarios para la elaboración de Proyecto…………………………………………………………….. 132.000,00

OBRAS TERMINADAS – FALTA RATIFICACION POR DECRETO DEL GOBERNADOR

Monto en $

Observaciones

Diferentes obras de urbanización/adoquinado de calles y pavimentación…………………….. 1.586.855,36

Honorarios Profesionales cara la realización de Proyectos Ejecutivos…………………………… 72.000,00

Construcción Red de Gas Natural calle Milagro de los Andes……………………………………… 135.188,25

Extensión Red de Gas Natural Calle Maza Colonia Pehuenche I ………………………………….. 158.936 99

Extensión Red de Gas Natural Ruta 40 Sur………………………………………………………….. 340.753,65

Extensión Red de Gas Natural Calle Tomás Godoy Cruz y 16 de Noviembre Colonia Pehuenche II…. 152.856,19

Extensión Red de Gas Natural Calle Carlos Jara……………………………………………………. 9.036,49

Construcción extensión de Red de Agua Potable Colonia Pehuenche – Ruta 40………………. 492.520,08

Construcción sistemas de captacíón distribución de Agua Potable…………………………….. 1.223.056,60

Construcción Extensión de red de agua potable a Puestos Este La Salinilla…………………… 129.778 03

Construcción sistema de captación y Planta Potabilizadora de Agua Aº La Batra……………. 1.264.829,86

Materiales para extensiones de redes de agua potable para ejecutar por administración municipal…. 42.198,38

Elaboración de Planos y Proyecto para la construcción de Colectoras Cloacales Terciarias……… 99.220,00

Construcción Ampliación Red Eléctrica Barrio Norte Agua Escondida………………………………… 385.270,41

Construcción Red Eléctrica de Media y Baja Tensión Loteos Lopetegui y Ruca Che………………. 840.004,25

Falta terminar de pagar Materiales para la realización de obras eléctricas y de Alumbrado Público Zona Urbana y Rural…………………………………………………………………………………………………………….. 781.605,92

OBRAS EN EJECUCION – FALTA RATIFICACION POR DECRETO DEL GOBERNADOR

Monto en $

Observaciones

Reconstrucción de Pavimento Asfáltico calle Saturnino Torres…………………………………………. 717.151,99

OBRAS PROYECTADAS – FALTA RATIFICACION POR DECRETO DEL GOBERNADOR

Monto en $

Observaciones

Pavimento Asfáltico, Cordón Cuenta y Alcantarillas en Barrios de la ciudad……………………….. 5.981.942,00

Construcción de Veredas, Puentes Esquinas con rampas cara discapacitados…………………….. 1.156.210 00

Mantenimiento, Bacheo, Sellado Repavimentación de Calles de Asfalto…………………………….. 8.408.000,00

Construcción Centros de interpretación:

Reserva Natural Caverna de las Brujas, Parque de Huellas de Dinosaurios y Parque de observación Espacio Malargüe (DS3)………………………………………………………………………………………………….. 5.000.000,00

Valor Estimado

Honorarios para la elaboración de Proyecto……………………………………………………………………. 62.000,00

Honorarios para la elaboración de Dossier para presentación de Payunia como Patrimonio Mundial ante UNESCO…………………………………………………………………………………………………………….. 1.000.000,00

MONTO TOTAL ESTIMADO…………………………………………………………………………………….. 56.082.852,00

PROYECTO DE REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISION DEL FONDO DE DESARROLLO SOCIO AMBIENTAL

CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

Artículo Primero – El presente Reglamento tiene por objeto desarrollar y complementar el Acta de fecha 17 de abril del año 2012 suscripta por los miembros de la Comisión del Fondo de Desarrollo Socio Ambiental del Proyecto Potasio Río Colorado, creado por el Artículo 3° de la Ley Provincial N° 8200, conforme a los términos del Acta compromiso ratificada por Decreto Provincial N° 2115/09.

Artículo Segundo – Para los efectos de este Reglamento, se entiende por: I. Comisión: Comisión del Fondo de Desarrollo Socio Ambiental II. Acta compromiso y su Anexo: Acta compromiso por la que se crea la Comisión del Fondo de Desarrollo Socio Ambiental, ratificada por decreto N° 2115/09 y, ratificado a su vez por la Ley 8200.

CAPITULO SEGUNDO DE LA ESTRUCTURA Y ORGANIZACION DE LA COMISION

Artículo Tercero – La Comisión está constituida como organismo colegiado y sus integrantes titulares son los señalados en el apartado Tercero del Acta Compromiso, los cuales designarán a sus respectivos suplentes, a saber:

a. Un (1) representante de la Secretaría de Ambiente de la Provincia

b. Un (1) representante del Ministerio de Infraestructura de la Provincia

c. Un (1) representante de la Municipalidad de Malargüe.

d. Un (1) representante de la empresa Potasio Río Colorado SA.

La Comisión no cumplirá funciones ejecutivas y tendrá su sede en la Ciudad de Mendoza. Artículo Cuarto – La designación de suplentes, así como su modificación, deberá notificarse a la Comisión para su registro. Artículo Quinto – Corresponderán a la Comisión las funciones establecidas en la Tercera Parte del anexo del Acta Compromiso, así como las determinadas en este Reglamento. Serán funciones de la Comisión:

a) Desarrollar o actualizar anualmente los estudios técnicos, económicos y de sustentabilidad necesarios y proponer al Poder Ejecutivo Provincial el plan de obras, de manera de maximizar el impacto socio-ambiental positivo del Proyecto, asegurando una distribución equilibrada de los recursos e inversiones según las necesidades de las comunidades involucradas en las zonas de influencia, directa e indirecta del Proyecto.

b) Definir las reglas y mecanismos de su funcionamiento que no se encuentren expresamente previstas en el presente, incluyendo los sistemas de administración, presupuesto, contabilidad, control interno, códigos de conducta, información, comunicaciones y auditoría, todo ello, respetando los criterios de legalidad y transparencia, y las normas vigentes y las que se dicten en el futuro.

c) Establecer las reglas para presupuestar todos los gastos del Fondo, sea en las obras, la contratación de terceras personas como contratistas, incluyendo sin limitación a los contratados para prestar servicios de consultoría y los gastos inherentes a la administración del Fondo, incluyendo en este último caso los gastos de elaboración y actualización de los estudios mencionados en el punto a).

d) Definir los mecanismos de control interno además de los que legalmente correspondan.

e) Establecer los mecanismos informativos hacia la Provincia, la Empresa y la comunidad.

f) Definir los mecanismos internos de auditoría, revisión, seguimiento y control de las obras y de los aportes realizados.

g) Informar a cualquiera de los miembros de la Comisión que lo requiera sobre el cronograma de desembolsos.

Artículo Sexto – Para el desarrollo y cumplimiento de sus funciones, la Comisión contará con los siguientes órganos:

I. El Pleno;

Il. El Presidente;

Artículo …….: Vigencia La Comisión, de Desarrollo Socio Ambiental tendrá la misma vigencia que el Fondo de Desarrollo Socio Ambiental creado por el Artículo 2º de la Ley provincial 8200.

Artículo ……. : Asistencia.

Los miembros de la Comisión están obligados a asistir a todas las reuniones a partir de su incorporación formal. Cuando algún miembro incurriere en dos inasistencias sucesivas o en tres alternadas dentro de un período de sesiones y sin notificación previa, el Presidente procederá a comunicar al sector u organismo representado para que designe a un reemplazante. Cada falta sin notificación será comunicada fehacientemente a la máxima autoridad del organismo.

Los miembros suplentes podrán, sin más trámite que la autorización de la Presidencia, asumir la representación cuando se encuentren ausentes los miembros titulares.

Artículo ……: Incompatibilidad. Excusación o Recusación. Ningún miembro de la Comisión podrá tomar parte en la discusión o votación de asunto alguno en que estén interesados personalmente, en forma directa o indirecta, él o sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, o afines dentro del segundo.

En el caso de que un miembro plantease cuestión de implicancia o pretendiese excusarse, la Comisión resolverá lo que corresponda de inmediato y sin discusión. Las recusaciones que se presenten por escrito ante el Presidente serán resueltas previo informe verbal del recusado.

CAPITULO TERCERO DEL PLENO DE LA COMISION

Artículo….. – El Pleno es el órgano supremo de la Comisión, integrado por sus miembros permanentes, los cuales tendrán voz y voto.

Artículo…… – Corresponderán al Pleno las funciones establecidas en la Tercera Parte del anexo del Acta Compromiso, así como las determinadas en este Reglamento.

Artículo ……- El Pleno celebrará sesiones ordinarias bimestralmente, los primeros martes de los meses que correspondan, para atender los asuntos relacionados con sus funciones, sesiones extraordinarias cuando la importancia o urgencia de algún asunto así lo requiera y Sesiones en Comisión ad hoc, para tratar asuntos puntuales donde resulte pertinente la participación de algunos de los miembros ajenos a la Comisión.

Artículo ……- Para la celebración de las sesiones ordinarias del Pleno, se enviará a cada uno de los miembros de aquél, con diez días hábiles de anticipación, la convocatoria respectiva informando el lugar, fecha y hora en que se llevará a cabo, así como el orden del día y los documentos conducentes para su análisis. Tratándose de sesiones extraordinarias y sesiones en Comisión ad hoc, se enviará la convocatoria con la anticipación que permitan las circunstancias.

Artículo ……- Para que las sesiones del Pleno se consideren formalmente válidas, deberán estar presentes o debidamente representados la mitad más uno de sus Miembros. Las sesiones serán encabezadas por el Presidente o por quien lo supla.

Artículo ……: El quórum para sesionar válidamente se constituirá con la mayoría absoluta de sus miembros. En caso de empate, definirá el miembro designado por la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Mendoza. (esto último lo dice la ley).

Artículo ……..: De cada sesión del Pleno, se levantará un acta en la que se hará constar el lugar, fecha, hora y los miembros asistentes, así como la orden del día y los acuerdos adoptados. El acta se someterá en la próxima sesión a los miembros que asistieron para su aprobación y rúbrica.

Artículo …….- Los miembros de la Comisión tendrán derecho a que se incluya en el orden del día los puntos que consideren oportunos; comunicándolo al resto, con una antelación de al menos dos días de la fecha de reunión.

CAPITULO CUARTO DEL PRESIDENTE DE LA COMISION

Artículo ……..: La Comisión será presidida por un Presidente representante del Gobierno Provincial, el que será electo entre los representantes de la propia Comisión, por mayoría simple entre sus pares de Comisión.

Artículo ……..: El Presidente de la Comisión tendrá las siguientes funciones:

-Convocar y presidir las reuniones de la Comisión, en la forma y condiciones que determine el presente reglamento.

-Adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento del presente reglamento Ejercer la representación institucional de la Comisión.

-Ejercer todas aquellas funciones que le asigne el Poder Ejecutivo vinculadas con las funciones de la Comisión.

-Emitir actos administrativos ad-referéndum de la Comisión cuando ésta se vea impedida de hacerlo, por encontrarse en receso, por no lograr quórum en dos sesiones consecutivas o cuando resultara urgente emitirlos para cumplir con los plazos de los procedimientos administrativos.

Artículo ………- El Presidente de la Comisión designará a la persona que deba suplirlo en sus ausencias.

CAPÍTULO QUINTO DE LA FORMA DE LOS PRONUNCIAMIENTOS DE LA COMISION

Artículo ……..- Objeto de las Decisiones y forma. Las decisiones que se tomen tienen por objeto el ejercicio de la competencia atribuida por la legislación vigente en la materia, sus modificatorias y sus decretos reglamentarios y se pronuncia tanto en sesión ordinaria, extraordinaria o como en sesión de Comisión Ad-hoc, como simple acto administrativo, tendrán la forma de propuesta, recomendación, aprobación o dictamen, según corresponda, y serán remitidas a ……….. (quién es la autoridad de aplicación de la Ley Nº 8200), para su formalización mediante resolución Ver bien, sobre todo por el tema de aprobación de obras.

Artículo ………: Permiso para ausentarse. Ningún miembro podrá ausentarse durante la sesión, sin permiso de la Presidencia, que no lo otorgará sin asentimiento de la Comisión en el caso que éste quedare sin quórum.

Artículo …….- Lapso de la sesión. La sesión no tendrá duración determinada y será levantada a invitación del Presidente, o por disposición de la Comisión, previa moción de orden al efecto.

Artículo …….- Cuarto intermedio. Una sesión puede pasar a cuarto intermedio, a pedido de cualquier miembro de la Comisión y con la aprobación de la mayoría simple, fijando en el momento la oportunidad del reinicio de la sesión. Durante el cuarto intermedio no se podrán incorporar nuevos asuntos.

Artículo ……..- Uso de la palabra por funcionarios ajenos a la Comisión. Los funcionarios directivos del gobierno nacional, del provincial y de los municipios que no sean miembros plenos, podrán, a invitación de la Comisión o por autorización de la Presidencia, hacer uso de la palabra en las sesiones e informar en los asuntos inherentes a sus respectivas funciones y áreas.

CAPÍTULO SEXTO DEL FONDO DE DESARROLLO SOCIO AMBIENTAL

Artículo …….- A los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Segunda Parte del Anexo del Acta Compromiso celebrada entre la Provincia de Mendoza y la Empresa Potasio Río Colorado S.A., en relación al destino del Fondo de Desarrollo Socio Ambiental, las obras serán seleccionadas por la Provincia de Mendoza a propuesta de la Comisión del Fondo de Desarrollo Socio Ambiental

Artículo …….-Las sumas mencionadas en la cláusula Primera del Acta Compromiso y su Anexo, serán transferidas por la Provincia a la Municipalidad de Malargüe a su solicitud, una vez presentado el plan de obras a la Comisión, evaluado por ésta y aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial.

CAPÍTULO SEPTIMO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Artículo …….- Las mociones de orden solicitando la aplicación del régimen disciplinario, de acuerdo a las causales previstas en la legislación, deberán ser solicitadas en sesión plenaria y se ajustarán a las siguientes especificaciones:

a. La Comisión podrá, por mayoría absoluta, disponer la suspensión de un miembro por un plazo determinado en la votación

b. La Comisión podrá, por mayoría absoluta, disponer la remoción de un miembro.

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