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Resolución 107/01 – Pesca. Vieira Patagónica

11-escnacional

Pesca. Vieira Patagónica
Resolución 107/01
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

Buenos Aires, 16 de febrero de 2001
B.O.: 21 de febrero de 2001

VISTO el expediente Nº 800-000035/96 del registro de laex SECRETARIA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION y la ResoluciónNº 150 del mismo registro de fecha 19 de marzo de 1996; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución citada en el Visto se autorizóla captura de Vieira Patagónica exclusivamente a aquellosbuques cuyo planes de captura esté incluida la especie,estableciendo áreas de exclusión y estándares,condiciones del parte de pesca y, además, registro de posicionesen cada marea.

Que por la misma Resolución se encomendó a laex-Subsecretaría de Pesca, la elaboración de unPlan de Manejo por CUATRO (4) años prorrogable por UN (1)año, con medidas transitorias de administraciónajustables periódicamente.

Que extralimitándose en la función encomendadapor la Resolución Nº 150/96 del registro de la exSECRETARIA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION y en sus propiasatribuciones, la ex SUBSECRETARIA DE PESCA por DisposiciónNº 17 de fecha 17 de marzo de 1999 estableció un Plande Manejo de la Vieira Patagónica por CUATRO (4) añosprorrogable por UN (1) año más, plazo que deberíacontarse a partir del dictado de la mencionada Disposición.

Que por Resolución Nº 829 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA,GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de fecha 7 de diciembre de 1999,esto es, para horas antes de la finalización de la anterioradministración, se ratificó la DisposiciónNº 17 de la ex SUBSECRETARIA DE PESCA, a la vez que se midificaronlos Artículos 6º y 8º de la misma.

Que, por otra parte, la Resolución Nº 829/99 fuedictada con posterioridad a la vigencia de la Ley Nº 24.922y de su Decreto Reglamentario Nº 748 de fecha 14 de juliode 1999.

Que tanto la Disposición Nº 17/99 como la ResoluciónNº 829/99 no tuvieron encuenta las normas de la Ley Federalde Pesca Nº 24.922 y de su reglamentación relativasal otorgamiento de permisos de pesca y de las cuotas de captura.

Que tanto la Disposición Nº 17/99 como la ResoluciónNº 829/99 no tuvieron en cuenta las normas de la Ley Federalde Pesca Nº 24.922 y de su reglamentación relativasal otorgamiento de permisos de pesca y de las cuotas de captura.

Que atento a lo expuesto y conforme a la ResoluciónNº 150 de fecha 19 de marzo de 1996, el Plan de Manejo dela Vieira Patagónica debe ser aprobado por el suscriptode acuerdo a la elaboración que efectúe la actualDIRECCION NACIONAL DE PESCA Y AGRICULTURA de esta Secretaría.

Que el artículo 8º de la citada ResoluciónNº 150/96 establece que el Plan de Manejo para la vieirapatagónica contendrá medidas transitorias de administración,las que serán ajustadas periódicamente en funciónde los datos que se obtengan a partir de las tareas de investigaciónque se desarrollen y de los valores de capturas y esfuerzo pesquerode la flota comercial.

Que consecuentemente es necesario derogar el Plan de Manejoestablecido por la Disposición Nº 17/99 del registrode la ex SUBSECRETARIA DE PESCA y la Resolución Nº829/99 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,PESCA Y ALIMENTACION, con el fin de establecer un nuevo plan acordecon las normas legales en vigencia y con los datos de existenciadel recurso y de la flota pesquera que eventualmente pueda dedicarsea la pesca de la Vieira Patagónica.

Que el plazo establecido por la Resolución Nº 150/96del registro de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCAY ALIMENTACION se encuentra cumplido.

Que la DIRECCION DE LEGALES DEL AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA,PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOSdel MINISTERIO DE ECONIMIA, ha tomado la intervención quele compete.

Que el sucripto es competente para el dictado de la presenteen virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 24.922 y la ResoluciónNº 150 de la ex SECRETARIA DE AGRCULTURA, PESCA Y ALIMENTACIONde fecha 19 de marzo de 1996.

Por ello

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACIONRESUELVE:

Artículo 1º– Derógase la ResoluciónNº 829 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,PESCA Y ALIMENTACION del 7 de diciembre de 1999 y la DisposiciónNº 17 del registro de la ex SUBSECRETARIA DE PESCA del 17de marzo de 1999.

Art. 2º– Instrúyese a la DIRECCION NACIONALDE PESCA Y AGRICULTURA de esta Secretaría, para que dentrode los treinta días de la presente elabore un Plan de Manejode la Vieira Patagónica para la consideración delssucripto.

Art. 3º– Remitir copia certificada de las actuacionesvinculadas a la OFICINA ANTICORRUPCION a los efectos que hubierelugar.

Art. 4º– Comuníquese, publíquese,dése a la Dirección Nacional del Registro Oficialy archívese. – Antonio T. Berhongaray.

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