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Resolución 307/15 – Nueva Modalidad Administrativa Para COFEMA

11-escnacional

Nueva Modalidad Administrativa Para COFEMA
Resolución 307/15
Consejo Federal de Medio Ambiente

Incorporar Una Nueva Modalidad Administrativa Para Cofema

Buenos Aires, 17 de marzo de 2015

VISTO:
El Acta Constitutiva del COFEMA y Reglamento de funcionamiento que fuera aprobado por la Asamblea Nº 16, de fecha septiembre de 1994, y
CONSIDERANDO:

Que el Acta Constitutiva del Consejo Federal de Medio Ambiente establece en su Artículo 9º que la Asamblea se expedirá en forma de: a) Recomendación: determinación que no tendrá efecto vinculante para los estados miembros, o b) Resolución: decisión con efecto vinculante para los estados miembros.

Que además el Artículo 4º expresa “Los estados partes se obligan a adoptar a través del poder que corresponda las reglamentaciones y normas generales que resuelva la Asamblea cuando se expida en forma de resolución”.

Que en un todo de acuerdo con lo consagrado en el Artículo 2° y Artículo 10° inciso “a” del Acta Constitutiva de COFEMA, la Asamblea tiene la potestad de dictar su reglamento de funcionamiento conforme a sus objetivos de su creación.

Que habida cuenta del constante incremento de propuestas de declaración de interés federal ambiental que atañen a intereses regionales o locales y asimismo atento a la falta de personal específico para atenderlas, se torna necesario incorporar una nueva categoría de resoluciones que complemente las existentes, como así a los requisitos de las mismas.

Que las resoluciones del COFEMA deben conservar su fuente normativa para cuestiones que comprometan intereses ambientales federales.

Que por dicha razón es imperativo diferenciar las cuestiones con carácter vinculante de aquellas que surgen a propuesta de cada jurisdicción con alcance regional o local y que resultan de carácter disponible para las jurisdicciones.

Que es necesario incorporar los requisitos mínimos e indispensables que deben cumplimentar las propuestas de declaración de interés y unificar sus formatos y criterios.

Por ello,

EL CONSEJO FEDERAL DE MEDIO AMBIENTE
RESUELVE:

Artículo 1°— Incorporar una modalidad de expedirse del COFEMA denominada “Declaración de Interés Federal Ambiental”, que se sumará a las Resoluciones y Recomendaciones consagradas en el Acta Constitutiva del COFEMA.

Art. 2° — Las propuestas de Declaración de Interés Federal Ambiental deberán ser presentadas a la Secretaría Ejecutiva o al Presidente con antelación no menor a 10 días de la asamblea.

Art. 3° — Las propuestas de Resolución, Recomendación y Declaración de Interés Federal Ambiental deberán ser presentadas con los siguientes requisitos:

Hoja tamaño A4, letra Arial tamaño 12, interlineado 1,15, párrafo justificado, márgenes: izquierdo y derecho de 3 cm, superior de 3,5 cm e inferior de 2,5 cm, logo de COFEMA en el encabezado de todas las páginas, lugar y fecha en el lado derecho de la primer página; la palabra “visto”, “considerando” y “resuelvo” en mayúscula. En el cuerpo del “resuelvo” la palabra “artículo” deberá ser la primera letra con mayúscula y en negrita.

Art. 4° — La Declaración de Interés Federal Ambiental, no exime del cumplimiento de la normativa ambiental vigente.

Art. 5° — Regístrese, comuníquese, y archívese.

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