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Resolución 80/06 – Programa Social de Bosques

11-escnacional

Programa Social de Bosques
Resolución 80/06
Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable

Prórroga Del Pazo Para La Recepción De Solicitudes De Asistencia Técnica Y Financiera De Nuevos Proyectos.

Fecha de Sanción: 13 de enero de 2006
Publicación en Boletín Oficial: 20 de enero de 2006

VISTO:

el expediente Nº 146/2003 del registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, el Decreto Nº 1332, de fecha 25 de julio de 2002, y la Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 995 del 20 de octubre de 2005

CONSIDERANDO:

Que, en virtud del Decreto 1332, se creó dentro del ámbito de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, el PROGRAMA SOCIAL DE BOSQUES (ProSoBo), con la finalidad de brindar asistencia técnica y financiera para obras de restauración y aprovechamiento sustentable de las masas forestales nativas, y para incrementar el área forestada nacional.

Que por la Resolución Nº 995/2005, se dispuso la recepción de nuevas propuestas de asistencia financiera durante el plazo de 45 días posteriores a la publicación de la Resolución mencionada.

Que para continuar cumpliendo con el objetivo del Programa Social de Bosques, es necesario prorrogar el plazo de recepción de nuevas solicitudes, con la difusión pertinente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente en virtud de los Decretos Nº 357, de fecha 21 de febrero de 2002 y 1332, de fecha 25 de julio de 2002.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE RESUELVE:

Artículo 1º —
Dispónese la prórroga del plazo para la recepción de nuevas solicitudes de asistencia técnica y financiera para nuevos proyectos hasta el 31 de marzo de 2006.

Artículo 2º –
Los proyectos serán financiados con las partidas asignadas en el presupuesto aprobado para el Programa Social de Bosques.

Artículo 3º —
Regístrese, comuníquese, publíquese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.

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