skip to Main Content
Punto de encuentro entre las Empresas, el Medio Ambiente y la Sustentabilidad

Resolución 815/17 – “Fondo Cooperativo de Preparación para el Carbono de los Bosques”

“Fondo Cooperativo de Preparación para el Carbono de los Bosques”
Resolución 815/17
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable

Buenos Aires, 22 de noviembre de 2017
Publicada en el Boletín Oficial: 24 de noviembre de 2017

VISTO: El expediente Nº EX-2017-17517268-APN-DGAYF#MAD del Registro del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, las Leyes Nros. 24.295, 25.438 y 27.270, el Decreto N° 1185 del 21 de noviembre de 2016, la Nota de la Secretaría de Política Ambiental, Cambio Climático y Desarrollo Sustentable N° 58/2016 del 22 de abril de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 24.295 se aprobó la CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMATICO, adoptada en Nueva York (Estados Unidos de América) el 9 de mayo de 1992 y abierta a la firma en Río de Janeiro (República Federativa del Brasil) el 4 de junio de 1992.

Que, a su vez, por la Ley Nº 25.438 se aprobó el Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, adoptado en Kyoto (Japón) el 11 de diciembre de 1997.

Que mediante la Ley Nº 27.270 se aprobó el Acuerdo de París, hecho en la ciudad de París – República Francesa – el 12 de diciembre de 2015, cuyo objeto consiste en reforzar la respuesta mundial a la amenaza del cambio climático, en el contexto del desarrollo sostenible y de los esfuerzos por erradicar la pobreza.

Que mediante el Decreto N° 1185 del 21 de noviembre de 2016 se aprobó el Modelo de Acuerdo correspondiente a la Donación N° TF019086 para la asistencia financiera del Proyecto “Fondo Cooperativo de Preparación para el Carbono de los Bosques”, a suscribirse entre la República Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) en su carácter de administrador del Fondo Cooperativo en cuestión.

Que en fecha 20 de diciembre de 2016 se suscribió el Acuerdo de Donación para el Fondo Cooperativo de Preparación para el Carbono de los Bosques (TF019086) entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y la República Argentina, en virtud del cual la mencionada entidad internacional asignó a la Nación una donación por un monto total de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL (USD 3.800.000.-) destinado al financiamiento del Proyecto Fondo Cooperativo de Preparación para el Carbono de los Bosques (Donación N° TF019086).

Que el “Fondo Cooperativo de Preparación para el Carbono de los Bosques” (FCPF) es una alianza global que apoya la reducción de emisiones causadas por la deforestación y la degradación forestal, el manejo sostenible de los bosques, la conservación de los inventarios de carbono forestal y el incremento de dichos inventarios (REDD+), buscando desarrollar sistemas y políticas conducentes para REDD+ orientados a pagos basados en desempeño por la reducción de emisiones.

Que el objetivo de la Donación es asistir en las iniciativas de Preparación para REDD+ del Destinatario, en particular aquellas actividades que se concentran en el desarrollo de la estrategia REDD+ y en la realización de la Evaluación Ambiental y Social Estratégica.

Que el art. 2.03, inc. a) del Acuerdo aludido estipula que el Destinatario deberá establecer y mantener durante el período de implementación de las actividades de preparación la Unidad de Implementación del Proyecto dentro del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, con personal y recursos asignados en la cantidad adecuada y con un nivel de preparación aceptable para el Banco Mundial, a fin de llevar a cabo la gestión diaria y la coordinación técnica, gestión financiera, compras, supervisión y evaluación de las actividades de preparación.

Que, asimismo, el art. 2.01, inc. a), apartado (i) de dicho Acuerdo establece que entre las Actividades de Preparación se encuentra incluida la de fortalecer la capacidad de la Unidad de Implementación del Proyecto mediante la contratación de expertos técnicos en áreas de gestión de recursos naturales, evaluación ambiental y social estratégica y otras, como la asistencia administrativa.

Que mediante el artículo 3° del Decreto N° 1185/2016 se designó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, a través de la Unidad de Implementación del Proyecto dependiente de la Subsecretaría de Cambio Climático y Desarrollo Sustentable de la Secretaría de Política Ambiental, Cambio Climático y Desarrollo Sustentable del mencionado Ministerio, como “Organismo Ejecutor” del Acuerdo de Donación referido, quedando facultado para celebrar los actos y contratos necesarios para la correcta implementación del citado Proyecto.

Que según lo establecido en la Nota de la Secretaría de Política Ambiental, Cambio Climático y Desarrollo Sustentable N° 58/2016, de fecha 22 de abril de 2016, se comunica al Banco Mundial que se mantendrán los arreglos de implementación oportunamente evaluados por dicha entidad, informándose que en función de la reciente estructuración del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, la función de coordinación y la ejecución de los aspectos técnicos del Proyecto de referencia quedarán a cargo de la Subsecretaría de Cambio Climático y Desarrollo Sustentable, cuyo titular es el Ing. Carlos Bruno Gentile y que – asimismo – la gestión de los aspectos fiduciarios del Proyecto de referencia quedarán a cargo de la unidad ejecutora del proyecto “Bosques Nativos y Comunidad” (8493-AR/P132846), que se ejecuta en la órbita de la Subsecretaría de Planificación y Ordenamiento Ambiental del Territorio, a cargo de la Dra. Dolores María Duverges, hasta tanto se definan arreglos de implementación alternativos en acuerdo con el Banco Mundial.

Que, asimismo, a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y eficacia en la ejecución del referido Proyecto, así como la eficiencia en el uso de los recursos y el logro de los resultados y productos previstos en tiempo y forma según los principios de la buena gestión pública, resulta aconsejable delegar la realización de las actividades de gestión administrativa, financiera y contrataciones del Proyecto aludido en la respectiva Unidad de Implementación a través del agente designado en carácter de Director Nacional, en razón de su especificidad y calificaciones técnicas en la materia.

Que, por las razones expresadas, corresponde crear la Unidad de Implementación del Proyecto “Fondo Cooperativo de Preparación para el Carbono de los Bosques”.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESUELVE:

Artículo 1°.- Créase en el ámbito de la Subsecretaría de Cambio Climático y Desarrollo Sustentable de la Secretaría de Política Ambiental, Cambio Climático y Desarrollo Sustentable la Unidad de Implementación del Proyecto “Fondo Cooperativo de Preparación para el Carbono de los Bosques” (Donación BIRF N° TF019086).

Art. 2°.- Apruébase en el ámbito de la Unidad de Implementación del Proyecto “Fondo Cooperativo de Preparación para el Carbono de los Bosques” creada en virtud del artículo precedente su estructura básica, la cual estará conformada por las Coordinaciones Técnica; Legal, de Adquisiciones y Contrataciones; y Administrativa, Contable y Financiera, las que tendrán las funciones detalladas en Anexo I (IF-2017-26534358-APN- DNCC#MAD), el cual forma parte integrante del presente.

Art. 3°.- Dase por designado, con carácter ad honorem, a partir del 1° de agosto de 2017, al Ing. Carlos Bruno GENTILE, D.N.I. N° 18.353.786, como Director Nacional del Proyecto “Fondo Cooperativo de Preparación para el Carbono de los Bosques” (Donación BIRF N° TF019086).

Art. 4°.- Ratifícase lo actuado por el Ing. Carlos Bruno Gentile – en su calidad de Representante del Destinatario de la Donación BIRF N° TF019086 – en el marco del citado Proyecto “Fondo Cooperativo de Preparación para el Carbono de los Bosques” (Donación BIRF N° TF019086).

Art. 5°.- Apruébase el plan de actividades y los montos establecidos para cada una de ellas según se detalla en Anexo II (IF-2017-26536928-APN-DNCC#MAD), que forma parte integrante del presente.

Art. 6°.- Delégase en el agente mencionado en el artículo 3° la realización de las actividades de gestión administrativa, financiera y contrataciones en el marco del Proyecto “Fondo Cooperativo de Preparación para el Carbono de los Bosques” (Donación BIRF N° TF019086), a los fines de la implementación y ejecución de las actividades mencionadas en el Anexo II referido.

Art. 7°.- Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Sergio Alejandro Bergman.

ANEXO I

1) COORDINACION TECNICA

ACTIVIDADES

1. Planificar la ejecución de las actividades del Proyecto “Fondo de Propuesta de Preparación del Fondo Cooperativo para el Carbono de los Bosques” y garantizar un diseño e implementación ajustado a las necesidades del Gobierno Argentino.

2. Informar y brindar el apoyo correspondiente para la implementación del Proyecto a las áreas de intervención del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación (MAyDS), al Comité Directivo, al Comité Asesor y al Banco Mundial.

3. Establecer y coordinar el funcionamiento de la Unidad de Implementación del Proyecto (UIP), de acuerdo con los objetivos del Proyecto y requerimientos del Banco Mundial y del MAyDS.

4. Coordinar la elaboración del Plan Operativo Anual del Proyecto.

5. Coordinar la elaboración del Plan de Adquisiciones Anual del Proyecto.

6. Conducir la planificación, control de gestión y el monitoreo del Proyecto.

7. Controlar el avance del proyecto y la ejecución de los fondos asignados.

8. Supervisar el cumplimiento del plan de actividades.

9. Asegurar la estrecha colaboración de los equipos de trabajo y la interacción con los organismos claves.

10. Aprobar los informes de avance y finales de los consultores contratados para el Proyecto.

11. Informar al Banco Mundial el cumplimiento de todos los aspectos establecidos en el acuerdo legal del Proyecto.

12. Asegurar la revisión de procedimientos operativos y financieros del modo que se acuerde con el Banco Mundial.

13. Asegurar la presentación de informes de progreso y toda otra documentación requerida por las siguientes instituciones: Banco Mundial, Auditoría General de la Nación, Ministerio de Finanzas, Jefatura de Gabinete y demás organismos intervinientes.

14. Asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable a los distintos actores involucrados.

15. Participar en las misiones de supervisión y cierre del proyecto.

16. Conducir la realización de una evaluación de medio término y evaluación de final del Proyecto.

17. Coordinar la comunicación institucional de proyecto con otras agencias de gobierno, provincias, COFEMA, ONGs, etc.

2) COORDINACION LEGAL, DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES

ACTIVIDADES

1. Elaborar los planes de adquisiciones del Proyecto, adecuarlos y actualizarlos conforme lo requiera la normativa del Banco Mundial en la materia.

2. Carga y actualización periódica del plan de adquisiciones en los sistemas informáticos requeridos por el Banco Mundial.

3. Garantizar el correcto cumplimiento de las publicaciones de expresiones de interés y llamados de licitación para cada uno de los procesos que se ejecuten en el marco del Proyecto.

4. Elaborar los documentos de los procedimientos de contrataciones, según corresponda, para la adquisición de bienes, contratación de servicios de consultoría, de obras, de bienes y servicios distintos a los de consultoría, verificando el adecuado cumplimiento de las metas establecidas para el período.

5. Colaborar con los Coordinadores de la Unidad de Implementación del Proyecto (UIP) en la elaboración de los Términos de Referencia de los consultores individuales y las convocatorias de postulantes.

6. Observar la correcta transparencia de los procesos, la mayor competitividad y velar por la plena observancia de los principios establecidos por la normativa del Banco Mundial en los procedimientos de adquisiciones y contrataciones.

7. Participar de los Comités de Evaluación, para los procesos que se ejecuten en el marco del Proyecto.

8. Disponer de toda la información requerida para la realización de las auditorías internas y externas relacionadas a la adquisición de bienes o la contratación de consultorías, obras y servicios del Proyecto.

9. Garantizar la aplicación de las recomendaciones de las auditorias del Banco Mundial y todo organismo del Estado Nacional competente en lo referido al área.

10. Asesorar a la Unidad de Implementación del Proyecto (UIP) en todo lo referente a la normativa de adquisiciones y contrataciones del Banco Mundial.

11. Llevar adelante los procedimientos de adquisiciones y contrataciones requeridos por la Unidad de Implementación del Proyecto, orientando y verificando el cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos por el Banco Mundial.

12. Elaborar y elevar para consideración de la Unidad de Implementación del Proyecto los documentos formales de contratación y las recomendaciones vinculadas con los procesos de contrataciones sometidos a evaluación.

13. Llevar a cabo la compra de equipamiento mediante los distintos métodos de adquisición y contratación dispuestos en las normas del Banco.

14. Colaborar en los Comités de Evaluación para los procedimientos que se ejecuten en el marco del Proyecto.

3) COORDINACION ADMINISTRATIVA, CONTABLE Y FINANCIERA

ACTIVIDADES

1. Asesorar al Coordinador Técnico del Proyecto en todos los aspectos inherentes al área.

2. Supervisar la elaboración del presupuesto anual e informes de avance semestrales.

3. Colaborar en la elaboración de los Planes Operativos Anuales (POA) y actualizar las proyecciones de desembolsos para toda la duración del Proyecto, de acuerdo con los requisitos del Banco Mundial y la Administración Nacional.

4. Elaborar procedimientos y controles administrativos de acuerdo al Banco Mundial y al Manual Operativo de la Donación.

5. Determinar el cumplimiento contractual de todas las cláusulas financieras y cuando es apropiado, actuar para lograr su pleno cumplimiento.

6. Preparar y dar seguimiento al cumplimiento de las condiciones previas y cláusulas contractuales para lograr su pleno cumplimiento.

7. Coordinar y supervisar la implementación de los sistemas electrónicos para la preparación, análisis y procesamientos de la información.

8. Asegurar el oportuno origen de los fondos y la aplicación de los recursos, supervisando la presentación periódica de informes financieros para la toma de decisiones.

9. Supervisar y colaborar en la preparación y análisis de los estados financieros y otra información financiera requeridas por la Administración Nacional y/o el Banco Mundial.

10. Prevenir y detectar errores y desviaciones en los procedimientos y registros contables y proponer soluciones.

11. Participar en las misiones de seguimiento al Proyecto y conducir las inspecciones para verificar su situación contable y financiera.

12. Dar seguimiento y garantizar la aplicación de las recomendaciones de las auditorias del Banco Mundial y todo organismo del Estado Nacional competente en lo referido al Área.

13. Asegurar el orden y disposición de la información, para asegurar la realización de auditorías independientes según las regulaciones aplicables.

14. En el desempeño de sus actividades, deberá ajustarse estrictamente a los requisitos exigidos por el Acuerdo de Donación y la normativa pertinente del Banco Mundial.

15. Apoyar en los aspectos administrativo-contables al Coordinador Técnico del Proyecto en la planificación y ejecución de las actividades del mismo y garantizar un diseño e implementación ajustado a las necesidades del Gobierno Argentino.

16. Brindar apoyo administrativo-contable a las áreas de intervención del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación (MAyDS), al Comité Directivo, al Comité Asesor y al Banco Mundial.

17. Establecer y coordinar el funcionamiento administrativo-contables de la Unidad de Implementación del Proyecto (UIP), de acuerdo con los objetivos del Proyecto y requerimientos del Banco Mundial y del MAyDS.

ANEXO II

This Post Has 0 Comments

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back To Top