Ley 5227 – Energía Nucleoeléctrica de Potencia
Energía Nucleoeléctrica de Potencia
Ley 5227
Poder Legislativo Provincial
Energía nucleoeléctrica de potencia. Se prohíbe la instalación de centrales de generación
Viedma, 1 de septiembre de 2017
Publicada en el Boletín Oficial: 11 de septiembre de 2017
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Se prohibe en el territorio de la Provincia de Río Negro la instalación de centrales de generación de energía nucleoeléctrica de potencia.
Art. 2°.- Se exceptúa de lo establecido en el artículo 1° la instalación de plantas de diseño nacional basadas en la tecnología CAREM (Central Argentina de Elementos Modulares) desarrollada por CNEA e INVAP S.E.
Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
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