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Decreto 1417/20 – Adhesión al DNU nacional 792/2020 que prorroga el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio desde el día 12 de octubre hasta el día 25 de octubre de 2020 inclusive

Adhesión al DNU nacional 792/2020 que prorroga el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio desde el día 12 de octubre hasta el día 25 de octubre de 2020 inclusive
Decreto 1417/20
Poder Ejecutivo Provincial

Ushuaia, 12 de Octubre de 2020
Publicado en el Boletín Oficial: 12 de Octubre de 2020

VISTO los Decretos Provinciales N° 465/20, N° 467/20, N° 468/20, N° 524/20, N° 536/20, N° 587/20, N° 622/20, N° 645/20, Nº 742/20, N° 793/20, N° 880/20, N° 967/20, N° 1023/20, N° 1024/20, N° 1063/20, N° 1104/20, Nº 1144/20, Nº 1189/20, N° 1190/20, N° 1260/20, Nº 1291/20, Nº 1326/20, Nº 1327/20, N° 1359/20 y Nº 1416/20, y los Decretos Nacionales N° 260/20, N° 297/20, N° 325/20, N° 355/20, N° 408/20, N° 459/20, N° 493/20, N° 520/20, N° 576/20, N° 605/20, N° 641/20, N° 677/20 N° 714/20, N° 754/20 y N° 792/20;

y
CONSIDERANDO:

Que con fecha 11 de Marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia.

Que por el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 260/20 del 12 de marzo de 2020 se amplió en nuestro país la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nacional N° 27.541, por el plazo de un (1) año en virtud de la pandemia declarada.

Que a nivel Provincial se emitió el Decreto Provincial N° 465/20 por el cual se adhirió a la Declaración de Emergencia dispuesta mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 2020-260-APN-PTE, y se declaró la Emergencia en materia sanitaria en todo el territorio de la Provincia, desde el dictado del mismo y por el término de un (1) año.

Que mediante Decreto Provincial N° 468/20 se aprobó el «PROTOCOLO DE CUARENTENA PARA LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR» desde el día 16 de marzo y hasta el 31 de marzo de 2020.

Que luego el Poder Ejecutivo Nacional mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 dispuso el aislamiento social preventivo en todo el territorio Nacional, adhiriendo la Provincia mediante Decreto Nº 524/20.

Que debido a la recomendación de los expertos en materia sanitaria, epidemiológica y científica, acerca de la conveniencia de continuar con el curso de acción adoptado en orden al aislamiento social establecido, el Gobierno Nacional prorrogó el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20, a través de los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 325/20, N° 355/20, N° 408/20, N° 459/20 y N° 493/20, medidas a las que la Provincia adhirió por medio de los Decretos Provinciales N° 536/20, N° 587/20, N° 622/20, N° 645/20 y N° 742/20.

Que en el marco de la situación epidemiológica que presentan ciertas provincias, el Poder Ejecutivo Nacional, en fecha 7 de junio de 2020, mediante el DNU N° 520/20, estableció como nueva medida de salud pública la fase de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio, medida en la que Tierra del Fuego se encuentra incluida, conforme el artículo 3° del mismo, prorrogada mediante el DNU N° 576/20 y N° 605/20, a la que la Provincia adhirió mediante el Decreto Provincial N° 793/20, N° 880/20 y N° 967/20.

Que en fecha 03 de agosto de 2020 se dictó el Decreto Provincial N° 1023/20 mediante el cual se dispuso el ingreso de la Ciudad de Río Grande a la fase de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio hasta las 00:00 horas del día 10 de agosto de 2020 y se dispusieron medidas restrictivas para las ciudades de Ushuaia y Tolhuin.

Que posteriormente el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 641/20 al cual la Provincia adhirió mediante Decreto Provincial N° 1024/20, que dispone la continuidad de la fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio en todos los departamentos de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida é Islas del Atlántico Sur, excepto el de Río Grande, esto hasta el día 16 de agosto de 2020.

Que mediante Decreto Provincial N° 1063/20 se prorrogó la vigencia del Decreto Provincial N° 1023/20 hasta el día 16 de agosto de 2020.

Que a través del Decreto Provincial N° 1104/20 se prorrogó la vigencia del Decreto Provincial N° 1023/20 y se adhirió al DNU N° 677/20 que prorrogó la fase de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio para la Provincia de Tierra del Fuego a excepción del partido de Río Grande y se dispuso la prórroga de la fase de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio hasta el día 30 de agosto para la ciudad de Río Grande.

Que por Decreto Provincial Nº 1189/20 se prorrogaron las medidas dispuestas a través de los Decretos Provinciales Nº 1013/20, Nº 1023/20, Nº 465/20 y Nº 467/20 hasta el día 20 de septiembre de 2020.

Que mediante Decreto Provincial N° 1190/20 se adhirió al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 714/20; por Decreto Provincial N° 1260/20 se modificó el sistema de circulación por terminación de DNI par o impar para la ciudad de Río Grande, y a través del Decreto Provincial N° 1291/20 se adhirió al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 754/20.

Que debido al incremento de casos en la ciudad de Ushuaia y la recomendación en materia epidemiológica del Comité Operativo de Emergencia creado mediante Resolución M.S. N° 240/20, se dictó el Decreto Provincial N° 1326/20 y su modificatorio N° 1327/20 mediante el cual se dispuso el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio y se dejó sin efecto la suspensión de la cuarentena dispuesta mediante Decreto Provincial N° 468/20, desde el día 27 de septiembre de 2020 y hasta el día 04 de octubre inclusive.

Que mediante Decreto Provincial N° 1359/20 se prorrogó el Decreto Provincial N° 1326/20 hasta el 11 de octubre de 2020 y por Decreto Provincial N° 1416/20 se prorrogaron las medidas desde el 12 de octubre de 2020 hasta el 25 de octubre de 2020 y se suspendió la restricción de circulación en ruta entre las ciudades de Río Grande y Ushuaia.

Que en fecha 12 de octubre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 792/20 que mantiene las fases de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio para la ciudad de Ushuaia y de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio para la ciudad de Río Grande desde el día 12 de octubre y hasta el 25 de octubre de 2020, correspondiendo adherir al mismo.

Que en virtud de ello y que ambas ciudades se encuentran en distintas fases de acuerdo a lo resuelto por el Presidente de la Nación, corresponde suspender la circulación de gente entre ambas ciudades.

Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 135 de la Constitución Provincial.

Por ello:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:

Artículo 1º.- Adherir al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 792/20.

Art. 2º.- Suspender la vigencia del artículo 2° del Decreto Provincial N° 1416/20 hasta el día 25 de Octubre de 2020. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.

Art. 3º.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.- MELELLA-María G. CASTILLO

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