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Ley 488 – Reservas Naturales

34-esctierradelfuego

Reservas Naturales
Ley 488
Poder Legislativo Provincial

Reservas naturales – Creación y determinación de diversas áreas – Sustitución del art. 5 de la ley 469

Sancionada el 10 de octubre de 1991
Publicada en el Boletín Oficial: 20 de noviembre de 1991

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

Artículo 1º: Sustitúyase el art. 5 de la ley 469, por el siguiente:

Art. 5 — Invítase a la Armada Nacional, Prefectura Naval Argentina y al Centro Austral de Investigaciones Científicas, a designar un representante a fin de integrar la comisión creada en el art. 4.

Art. 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.

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