Resolución 202/10 – Comisiones de trabajo del COFEMA
Comisiones de trabajo del COFEMA
Resolución 202/10
Consejo Federal de Medio Ambiente
Designación de Comisiones de Trabajo del COFEMA
Buenos Aires, 2 de diciembre de 2010
VISTO:
El Acta Constitutiva del COFEMA y Reglamento de funcionamiento que fuera aprobado por la Asamblea 16, de fecha septiembre de 1994, a través del cual el Consejo Federal está asesorado por Comisiones y
CONSIDERANDO:
Que a estas Comisiones se les encomienda el análisis de temas que le facilitarán al Consejo la toma de decisiones en el desarrollo de la política ambiental que regirá en lo que hace a principios esenciales a la totalidad de las Jurisdicciones que conforman el territorio de nuestro país,
Que las Comisiones son creadas por Asamblea, pudiendo ser de carácter transitorio por el período de un año, en que se establecen las Autoridades del Consejo,
Que durante la Asamblea los representantes provinciales ante el Consejo nombrarán una provincia titular y una alterna para integrar las Comisiones, a través de sus representantes,
Que es la Asamblea quien en el momento de creación de la Comisión quien debe definir el carácter, cometido específico, plazo otorgado, su conformación y las condiciones para su integración,
Que las comisiones nombrarán un Coordinador, un alterno y un secretario de actas, en las comisiones que se renovarán en forma anual, pudiendo los miembros ser reelegidos,
Que las comisiones, por intermedio de sus coordinadores, están obligados a: garantizar el funcionamiento de la Comisión, generar informes que les sean requeridos por la Asamblea, que se informará a la Secretaría Administrativa sobre la agenda de reuniones, los registros de convocatoria, consulta y funcionamiento de la Comisión,
Que las Comisiones podrán funcionar a través de procesos de consulta por medios electrónicos, permitiendo de este modo un permanente funcionamiento de las mismas,
Que a través de la Asamblea 64, el COFEMA con representación de todas las provincias ha realizado la elección de los miembros de Comisiones para el período 2011,
Por ello,
EL CONSEJO FEDERAL DE MEDIO AMBIENTE (COFEMA)
RESUELVE
Artículo 1º: Designar las Comisiones y las provincias que las conforman, de acuerdo a lo detallado a continuación:
COMISION DE BOSQUES NATIVOS
Titular: Provincia de Salta
COMISION DE SEGUIMIENTO LEGISLATIVO
Titular: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
COMISION RSU
Titular: Provincia de San Juan
COMISION DE PRODUCCION LIMPIA
Titular: Provincia de Buenos Aires
COMISION DE FAUNA Y RECURSOS GENETICOS
Titular: Provincia de Catamarca
Integrantes: un representante por cada una de las regionales.
COMISION DE CAMBIO CLIMATICO
Titular: Provincia de San Luis.
COMISION DE EDUCACION AMBIENTAL
Titular: Provincia de La Pampa.
COMISION DE RESIDUOS PELIGROSOS
Titular: Provincia de Buenos Aires.
Art. 2º: Responsabilizar a los titulares de las comisiones a completar la designación de miembros que la integran, así como los objetivos a cumplir durante el presente período. En cumplimiento de estas responsabilidades deberá completar para la primera reunión de Junta Ejecutiva prioridades, agenda 2011, y cronograma de reuniones.
Art. 3º: La presente designaciones son realizadas durante el período de UN (1) año y en todos los casos los miembros son los representantes de las provincias.
Art. 4º: Comuníquese y archívese.
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