Resolución 1/07 – Cuenca Matanza-Riachuelo
Cuenca Matanza-Riachuelo
Resolución 1/07
Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo
Apruébase el reglamento Operativo para el Dictado de Medidas Preventivas.
Buenos Aires, 23 de marzo de 2007
B.O.: 27 de marzo de 2007
VISTO la Ley 26.168, el Decreto 92/07 y la Resolución 97/2007 del registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 26.168 en su artículo 7 faculta a la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE en su carácter de Presidente de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo a adoptar las medidas preventivas enumeradas en el artículo citado, cuando tome conocimiento en forma directa, indirecta, o por denuncia, de una situación de peligro para el ambiente, o la integridad física de los habitantes en el ámbito de la cuenca.
Que el Decreto 92/07 dispuso la integración de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo, designando como Presidente de la misma a la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, previendo en su artículo 6 el ejercicio por parte de la presidencia de las facultades conferidas por los artículos 5, 7 y 8 de la Ley 26.168.
Que la grave situación ambiental que afecta actualmente a la Cuenca Matanza Riachuelo exige por parte de la Autoridad de Cuenca la adopción de medidas en tiempo oportuno tendientes a prevenir y detener la creciente contaminación de aquélla.
Que en este sentido, la Presidencia cuenta con competencias y facultades expresamente asignadas en materia de adopción de medidas preventivas, en los términos del artículo 7 de la Ley 26.168 y el art. 5 del Decreto 92/07.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE SALUD (Resolución P.T.N. 100/06).
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por las disposiciones de la Ley 26.168, Decretos 831/06 y 92/07.
Por ello,
LA PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO
RESUELVE:
Artículo 1º: Apruébase el Reglamento Operativo para el Dictado de Medidas Preventivas, a cargo de la Presidencia de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
Art. 2º: Apruébase el Modelo de Acta de Constatación que deberá ser aplicado en todos los procedimientos y actuaciones derivadas de la presente, que como Anexo II forma parte integrante de la misma.
Art. 3º: La presente Resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4º: De forma.
This Post Has 0 Comments