skip to Main Content
Punto de encuentro entre las Empresas, el Medio Ambiente y la Sustentabilidad

Resolución 267/96 – Inventario de Biodiversidad

13-escbuenosaires

Inventario de Biodiversidad
Resolución 267/96
Secretaría de Política Ambiental

Promueve la Realización del Inventario de Biodiversidad

Publicada en Boletín Oficial: 8 de Noviembre de 1996.

VISTO la falta de información y conocimientos sistematizados sobre Biodiversidad Específica Bonaerense, y
CONSIDERANDO:

Que, el Convenio sobre Diversidad Biológica firmado en la Cumbre Mundial de Río de Janeiro en el año 1992, reafirma el derecho soberano que los Estados tienen sobre sus recursos biológicos, siendo responsables de su conservación y de la utilización sostenible de los mismos en aplicación de su propia política ambiental;

Que la falta de información y conocimientos sobre la biodiversidad hace necesario lograr un entendimiento básico que permita planificar y aplicar políticas adecuadas, para prever y prevenir en su origen las causas de reducción o pérdida de la diversidad biológica;

Que el conocimiento, conservación y uso sostenible de la Biodiversidad Específica tiene importancia crítica para satisfacer las necesidades de una mejor calidad de vida, derivada esencialmente del acceso a los recursos biológicos;

Que el conocimiento específico de los recursos biológicos permitirá una utilización sostenible de sus componentes y garantizará una equidad intergeneracional, otorgando el derecho a las generaciones actuales y futuras de apreciar y disfrutar de la diversidad biológica y obtener los beneficios de su explotación;

Por ello,

EL SECRETARIO DE POLÍTICA AMBIENTAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1º: Promover la realización de un Inventario de la Biodiversidad Específica Bonaerense, que contribuya a proveer información crítica para la resolución de estrategias socio-económicas y político-ambientales de la Provincia.

Art. 2º: Promover con carácter recíproco, el intercambio de información, alentando la concertación de acuerdos con otros organismos provinciales, nacionales, municipales e internacionales y sectores no gubernamentales, fortaleciendo las relaciones institucionales a efectos de contribuir a una mejor calidad de vida en la población.

Art. 3º: Crear en el ámbito de la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires, la “Comisión para el Estudio y Uso Sustentable de la Biodiversidad Bonaerense” (COBIOBO).

Art. 4º: Designar para coordinar la Comisión creada por el artículo 3 a la Dirección de Ecología y Recursos Naturales dependiente de la Dirección Provincial de Evaluación y Recursos Naturales de esta Secretaría de Política Ambiental.

Art. 5º: La Coordinación deberá proponer dentro de un plazo de sesenta días el Plan de Actividades Específicas de la COBIOBO, atendiendo a la estructura organizativa, los responsables científicos y técnicos que se desempeñarán, los gastos que demandará su funcionamiento y el establecimiento de un cronograma de avance de acuerdo a las etapas, metas y resultados a obtener según los objetivos.

Art. 6º: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, remítase una copia a la Dirección de Ecología y Recursos Naturales, pase al Boletín Oficial para su publicación y archívese.- Dr Osvaldo Mario Sonzini, Secretario de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires.

This Post Has 0 Comments

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back To Top