Ley 7317 – Transfiere Al Estado Nacional La Reserva Natural De Recursos “La Fidelidad”
Transfiere Al Estado Nacional La Reserva Natural De Recursos “La Fidelidad”
Ley 7317
Poder Legislativo Provincial
Resistencia, 6 de noviembre de 2013
Publicada en el Boletín Oficial: 18 de noviembre de 2013
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO SANCIONA CON
FUERZA DE LEY:
Artículo 1°.- Transfiérese a favor del Estado Nacional, en el marco de la ley 22.351 – Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales-y con destino a la creación de un parque nacional, la Jurisdicción del inmueble espropiado por la ley 6928.
La transferencia previnsta en este artículo se hará efectiva a partir del cumplimiento de los requisitos previstos e la 22.351 y la firma del correspondiente convenio con el organismo competente del Estado Nacional, el que deberá prever, en lo pertinente, la reserva prevista en el artículo 3 de esta ley.
Art. 2°.- Establécese que, perfeccionada la expropiación dispuesta por la ley 6928, el Poder Ejecutivo deberá realizar los correspondientes actos de disposición para ceder el dominio del inmueble al Estado nacional.
Art. 3º.- La Provincia del Chaco se reserva el derecho de retrocesión automática, en el caso de que cualquier decisión del Estado Nacional y/o modificación de la ley 22.351 -Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales- y/o la que le reemplace, implique:
a) La exclusión parcial o total del dominio público nacional del inmueble respecto del cual se cede el dominio y la jurisdicción.
b) La desafectación total o parcial del inmueble, de los fines previstos en esta ley
Art. 4º.- Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo. Firmantes: Rubén Darío Gamarra, Secretario Cámara de Diputados – María Lidia Cáceres, Vicepresidente 1º Cámara de Diputados
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