skip to Main Content
Punto de encuentro entre las Empresas, el Medio Ambiente y la Sustentabilidad

Disposición 22/19 – “Protocolo para el Manejo de Residuos Patogénicos”. Ecoparque

“Protocolo para el Manejo de Residuos Patogénicos”. Ecoparque
Disposición 22/19
Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Buenos Aires, 13 de marzo de 2019
Publicado en el Boletín Oficial: 16 de marzo de 2019

VISTO:
La Ley Nacional N° 24.051 y su Decreto Reglamentario N° 831/93, la Ley N° 154/99, los Decretos N° 439/16, 296/17, 119/18, 172/18 y 217/18, el Expediente Electrónico N° EX-2019-07821620-GCABA-UGGOAALUPEEI, y;
CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 439/16 se creó la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) “Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, como Organismo Fuera de Nivel en el ámbito del entonces Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología;

Que mediante el Decreto N° 119/18 se modificó a partir del 27 de abril de 2018 la estructura organizativa funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableciendo que el Organismo Fuera de Nivel Unidad de Proyectos Especiales (UPE) “Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, quedará bajo la órbita del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que mediante Comunicación Oficial N° NO-2019-07907173-GCABA-UGGOAALUPEEI el área Gestión Ambiental dependiente de la Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales, elaboró el “Protocolo para el Manejo de Residuos Patogénicos” manifestando que la iniciativa se ve motivada en cumplimentar la Ley Nacional N° 24.051 y su Decreto reglamentario N° 831/93, y la Ley N° 154/99, así como también en optimizar la gestión de los residuos generados dentro del predio del Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, destacó que el referido documento busca determinar la forma adecuada en que deberán tratarse y disponerse los desechos patogénicos generados en el ámbito de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley Nacional N° 24.051 establece que todo residuo que pueda causar daño, directa o indirectamente, a seres vivos o contaminar el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general, será considerado como peligroso;

Que conforme el artículo 2° de la Ley N° 154/99, son considerados residuos patogénicos todos aquellos desechos o elementos materiales en estado sólido, semisólido, líquido o gaseoso que presumiblemente presenten o puedan presentar características de infecciosidad, toxicidad o actividad biológica que puedan afectar directa o indirectamente a los seres vivos, o causar contaminación del suelo, del agua o de la atmósfera que sean generados en la atención de la salud humana o animal por el diagnóstico, tratamiento, inmunización o provisión de servicios, así como también en la investigación o producción comercial de elementos biológicos o tóxicos;

Que mediante el Decreto N° 172/18 se ratificó al suscripto, a partir del 27 de abril de 2018, como Titular de la Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales dependiente de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) “Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” designado oportunamente mediante Decreto N° 296/17;

Que de conformidad con el Anexo II del Decreto N° 217/18, es competencia de la Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales,”Coordinar las operaciones del Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus áreas de influencia en materia de atención al visitante, mantenimiento, limpieza, gestión ambiental, seguridad e higiene y parquización”;

Que en cumplimiento de las responsabilidades primarias inherentes a la Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales, el suscripto entiende que resulta oportuno aprobar el “Protocolo para el Manejo de Residuos Patogénicos” el que deberá ser cumplimentado por las distintas áreas pertenecientes al Organismo Fuera de Nivel Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello, en virtud de las facultades que le son propias,

EL TITULAR DE LA UNIDAD GESTIÓN GENERAL DE OPERACIONES, ADMINISTRACIÓN Y ASUNTOS LEGALES DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase en el ámbito de la Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el “Protocolo para el Manejo de Residuos Patogénicos” conforme el alcance establecido en el Anexo (IF-2019-08075322-GCABA-UGGOAALUPEEI) el cual forma parte integrante de la presente Disposición.

Art. 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese al Área Gestión Ambiental dependiente de esta Unidad, a la Unidad Gestión Estratégica y Transformación y a la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese.- Panera

ANEXO

This Post Has 0 Comments

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back To Top