skip to Main Content
Punto de encuentro entre las Empresas, el Medio Ambiente y la Sustentabilidad

Resolución 23/19 – Nuevo Centro de Rescate de Fauna Marina

Nuevo Centro de Rescate de Fauna Marina
Resolución 23/19
Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Buenos Aires, 26 de marzo de 2019
Publicada en el Boletín Oficial: 29 de marzo de 2019

VISTO:
La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos Nros. 481/11, 203/16 y 339/18, las Resoluciones Nros.117/UPEEI/18 y 133/UPEEI/18, los Expedientes Electrónicos Nros. EX-2018-15629610-UGGOAALUPEEI y EX-2019-05537174-GCABA-UGGOAALUPEEI, y;
CONSIDERANDO:

Que mediante Expediente Electrónico N° EX-2018-15629610-UGGOAALUPEEI, tramitó la obra “Nuevo Centro de Rescate de Fauna Marina”, que fuera oportunamente adjudicada por Resolución N° 117/UPEEI/18, a la empresa VILLAREX S.A. por un monto total de PESOS DOCE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 52/100 ($12.431.948,52.-);

Que con fecha 8 de agosto del 2018, se suscribió la contrata correspondiente entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la empresa adjudicataria;

Que se procedió a dar Inicio de Obra el día 10 de septiembre de 2018, según lo establecido en el Acta de Inicio suscripta por las partes;

Que mediante Resolucion N° 133/UPEEI/18 se designó al Arquitecto German Cuenca, C.U.I.T. 20-24993232-7 como Inspector de la referida Obra, a fin de llevar adelante la inspección, supervisión técnica, control y seguimiento de la misma;

Que en el expediente N° EX-2019-05537174-GCABA-UGGOAALUPEEI luce la Comunicación Oficial N° NO -2019- 5508870-GCABA-UPEEI por la cual la Inspección Técnica de la obra manifestó que el proyecto ejecutivo de la obra fue modificado y que en consecuencia implicó no realizar dos de las ocho piletas rectangulares incluidas en el proyecto ejecutivo original, junto con sus respectivos filtros de arena;

Que en consecuencia, se solicitó a la adjudicataria realizar la valorización de las economías respectivas, atento las modificaciones requeridas, informando que tal situación importo una economía total de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES con SESENTA Y DOS CENTAVOS ($589.743,62), lo que representa un CUATRO CON SETENTA Y CUATRO POR CIENTO (4,74%) del monto total adjudicado;

Que en adhesión, desde la inspección de obra se solicitó a la contratista, cotizaciones por intervenciones accesorias y complementarias al objeto principal, tales como excavación mecánica, colocación de cañería de PVC y construcción de cámara correspondiente, elevación de los pisos de hormigón armado, construcción de veredas en el perímetro del complejo, incluyendo desmonte de terreno, retiro de escombros, compactado y nivelación, y construcción de veredas de hormigón, movimientos de suelos, tareas de albañilería, aislaciones y pintura en general, conforme surge de las ordenes de servicio Nros 5, 9 y 11;

Que atento a ello, el adicional de obra importó la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL SESENTA Y SIETE CON 74/100 ($1.322.067,74.-), lo que representa un DIEZ CON SESENTA Y TRES POR CIENTO (10.63%) del monto adjudicado;

Que mediante Comunicación Oficial N° NO-2019-05613984-GCABA-UGETUPEEI el Titular de la Gerencia Operativa Infraestructura y Transformación, presto conformidad a lo manifestado por el Inspector de obra;

Que en consonancia con lo requerido, la contratista presentó un nuevo Plan de Trabajos y Curva de Inversión, los que lucen en los actuados como Informe N° IF-2019-5371054-UPEEI;

Que con posterioridad, se solicitó a la adjudicataria un certificado de balance de economías y demasías, el cual luce como informe N° IF-2019-07397258-GCABA-UPEEI;

Que mediante Comunicación Oficial N° NO-2019-5617528-GCABA-UGETUPEEI, el Titular de la Unidad Gestión Estratégica y Transformación solicitó tener a bien darle curso al adicional a favor de VILLAREX S.A. por la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL SESENTA Y SIETE CON 74/100 ($1.322.067,74.-);

Que resulta oportuno aprobar el nuevo plan de trabajos y la curva de inversión que lucen como IF-2019-08674053-GCABA-UGETUPEEI e IF-2019-08674295-GCABA-UGETUPEEI, y, asimismo, convalidar la valorización correspondiente a las economías y adicionales correspondientes a la obra en cuestión;

Que el artículo 30° de la Ley Nacional N° 13.064 establece que “Las alteraciones del proyecto que produzcan aumentos o reducciones de costos o trabajos contratados, serán obligatorias para el contratista, abonándose, en el primer caso, el importe del aumento, sin que tenga derecho en el segundo a reclamar ninguna indemnización por los beneficios que hubiera dejado de percibir por la parte reducida, suprimida o modificada “;

Que por Decreto N° 203/GCBA/2016 se establecieron, entre otras cosas, los niveles de decisión y cuadro de competencias para los procedimientos de autorización de prórroga del plazo de ejecución de la obra;

Que por Decreto N° 339/18, se designó, a partir del 1° de octubre de 2018, al Sr. Federico Iglesias, D.N.I.30.236.947, como Titular de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) “Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires“, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que la Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales ha tomado debida intervención en el marco de sus competencias;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 339/18,
EL TITULAR DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el nuevo plan de trabajos y curva de inversión (IF-2019-08674053-GCABA-UGETUPEEI e IF-2019-08674295-GCABA-UGETUPEEI) que forman parte integrante de la presente.

Art. 2°.- Convalídase la valorización de las economías respectivas, por la suma de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES CON 62/100 ($589.743,62.-).

Art. 3°.- Convalídase el adicional de obra por la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL SESENTA Y SIETE con 74/100 ($1.322.067,74.-), el cual representa una incidencia del DIEZ con SESENTA Y TRES POR CIENTO(10.63%) del monto contractual.

Art. 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (www.buenosaires.gob.ar), comuníquese a la Dirección General de Contaduría General, y notifíquese a la empresa contratista. Cumplido, Archívese.- Iglesias

ANEXO

 

This Post Has 0 Comments

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back To Top