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Resolución 313/12 – Creación del Centro de Economía Verde

12-escmunicbsas

Creación del Centro de Economía Verde
Resolución 313/12
Agencia de Protección Ambiental

Publicada en el Boletín Oficial: 20 de septiembre de 2012

VISTO:
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nº 2.628, el Decreto Nº 442/10, la Resolución N° 13/APRA/2012, y el Expediente Nº 1.192.853/2012,
y CONSIDERANDO:

Que el Artículo 26 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el ambiente es patrimonio común, y que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras;

Que asimismo, el Articulo 27 del mismo cuerpo normativo menciona que la Ciudad desarrolla en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural, que contemple su inserción en el área metropolitana;

Que la ley N° 2.628 crea la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la organización y competencias que allí se determinan;

Que el Articulo 2° de la mencionada ley establece que el objeto de la Agencia de Protección Ambiental es el de proteger la calidad ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el Artículo 3° de la misma ley, atribuye a la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las siguientes funciones y facultades: Proponer políticas y diseñar planes, programas y proyectos tendientes a mejorar y preservar la calidad ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a las directivas que imparta el Poder Ejecutivo por ntermedio del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, desarrollando y revisando en forma continua las líneas de base para establecer los sistemas de mediciones e indicadores de desarrollo sostenible y la aplicación de estándares ambientales en línea con las recomendaciones locales e internacionales;

Que la Agencia de Protección Ambiental propicia mecanismos de cooperación y/o asistencia técnica con la Nación, provincias, municipios, instituciones académicas nacionales, provinciales e internacionales, agencias, organismos y/u organizaciones en general, vinculadas a la problemática ambiental, implementa una política de investigación y desarrollo en materia ambiental en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estimulando la innovación tecnológica, la explotación de los resultados de la investigación, la transferencia de conocimientos y tecnologías y la creación de empresas tecnológicas, promueve la utilización de tecnologías limpias y la implementación de sistemas de gestión ambiental entre la comunidad regulada, entre otras;

Que la Agencia de Protección Ambiental a través de la Dirección General de Estrategias Ambientales, según lo establecido en la Resolución N° 13/APRA/2012, tiene entre sus funciones proponer planes, programas y proyectos de política ambiental, diseñar planes estratégicos, programas y proyectos tendientes a preservar y mejorar la calidad ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, acorde a las tendencias globales del desarrollo sustentable y a las nuevas fuentes de impacto ambiental que surgen en la ciudad, estimular la innovación tecnológica y su implementación en materia de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sustentable aplicadas al medio urbano, impulsar la adecuación de la actividad industrial y comercial a las normas ambientales;

Que la Gerencia Operativa de Economía Sustentable, dependiente de la Dirección General de Estrategias Ambientales tiene entre sus competencias promover y facilitar la utilización de las herramientas económicas de promoción al desarrollo sustentable por parte del sector privado, las instituciones científicas y tecnológicas, las organizaciones de la sociedad civil y la comunidad en general, identificar fuentes externas de financiamiento y asistencia técnica para la implementación promoción de políticas públicas y proyectos de innovación y desarrollo tecnológico, producción y consumo responsable, interactuar transversalmente con otras dependencias del sector público nacional, provincial y municipal y promover el mercado de bienes y servicios ambientales;

Que el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) considera que una economía verde debe mejorar el bienestar del ser humano y la equidad social, a la vez que reduce significativamente los riesgos ambientales y las escaseces ecológicas;

Que en una economía verde, el aumento de los ingresos y la creación de empleos deben derivarse de inversiones públicas y privadas destinadas a reducir las emisiones de carbono y la contaminación, promoviendo la eficiencia tanto energética así como en el uso de los recursos, todo lo cual evita la pérdida de diversidad biológica y de servicios de los ecosistemas;

Que en tal sentido, por Expediente N° 1511108/2011, en septiembre de 2011, la Comuna de Génova, Italia, y la Agencia de Protección Ambiental suscribieron en forma conjunta una de Carta Intención, a través de la cual se adoptó el compromiso de proveer los recursos materiales y humanos para la concreción de un centro de economía verde en esta Ciudad;

Que en atención a lo expuesto, resulta oportuna la creación de un Centro de Economía Verde en el ámbito de la Agencia de Protección Ambiental, con el objeto de promover el desarrollo de una economía sustentable en la Ciudad de Buenos Aires;

Que el objetivo general del centro de Economía Verde de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es fomentar la transformación del sector productivo de la Ciudad hacia una economía sustentable mediante el diseño, elaboración e implementación de políticas públicas.

Por ello, en virtud de las facultades conferidas por la Ley Nº 2.628 y el Decreto Nº 442/10,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1°.- Créase el Centro de Economía Verde de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de la Agencia de Protección Ambiental, siendo sus objetivos específicos los establecidos en el Anexo que es parte integrante de la presente.

Art. 2°.- Créase la Comisión Asesora del Centro de Economía Verde, encomendándose a la Dirección General de Estrategias Ambientales que proponga su integración, su reglamento interno, funciones y responsabilidades y su sede provisoria dentro de los sesenta (60) días corridos de publicada la presente Resolución

Art. 3°.- El Centro de Economía Verde de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires funcionará dentro de la órbita de la Dirección General de Estrategias Ambientales de la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires, quien será responsable ejecutar lo establecido en la presente.

Art. 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase a la Dirección General de Estrategias Ambientales de la Ciudad autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Corcuera Quiroga

ANEXO

OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL CENTRO DE ECONOMÍA VERDE

Generar vinculación con diferentes organismos estatales y privados internacionales con el fin de potenciar sus objetivos. Elaborar un sistema de información que permita conocer el estado actual y la evolución del sector productivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Área Metropolitana de Buenos Aires en materia de gestión ambiental.

Elaborar trabajos de investigación en conjunto con el ámbito académico que permitan ampliar el conocimiento sobre: posibilidades de transformación tecnológica de la actividad económica; transferencia de tecnología desde y hacia el resto del mundo; legislación ambiental; necesidades económico-financieras del sector productivo en la Ciudad de Buenos Aires, entre otros.

Crear y coordinar un espacio de intercambio entre empresas de la Ciudad de Buenos Aires y empresas del resto del mundo que favorezca la sinergia en materia técnica, tecnológica, normativa y económico-financiera. Articular los mecanismos y proveer los recursos para el desarrollo de proyectos piloto ambientales provenientes de organizaciones no gubernamentales, sector privado, sector académico y el sector público en todos los niveles de gobierno.

Analizar el mercado de trabajo de la Ciudad de Buenos Aires y realizar un análisis de la normativa ambiental a fin de fomentar los empleos verdes, privilegiando la inclusión de los jóvenes, mediante la formación y capacitación de los recursos humanos involucrados en las actividades económicas de la Ciudad.

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