Decreto 172/23 – Convenio Promoción de la producción, el turismo sustentable y desarrollo de las industrias culturales
Convenio Promoción de la producción, el turismo sustentable y desarrollo de las industrias culturales
Decreto 172/23
Poder Ejecutivo Provincial
Mendoza, 8 de Febrero de 2023
Publicado en el Boletín Oficial, 17 de Febrero de 2023
Visto
Visto el Expediente N° EX-2023-00726940-GDEMZA-MGTYJ, en el cual se tramita la aprobación del CONVENIO “PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN, EL TURISMO SUSTENTABLE Y DESARROLLO DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES” y su ANEXO I, celebrado entre la Provincia de Mendoza, representada en ese acto por su Gobernador, Dr. Rodolfo Suárez y el Consejo Federal de Inversiones, representado en ese acto por su Secretario General, Lic. Ignacio Lamothe, suscripto el día 23 de enero de 2023; y
Considerando
Que con fecha 11 de mayo de 2021, se realizó la XVIII Asamblea Extraordinaria del Consejo Federal de Inversiones en la que el máximo órgano de conducción del CFI dio aprobación a la denominada Agenda CFI 2025 presentada por la Secretaría General;
Que dicha Agenda contiene los Lineamientos Estratégicos; Ejes de Acción; Objetivos Prioritarios y Programas Ejecutivos para el desarrollo integral e integrado de las regiones y provincias de la República Argentina, bajo un esquema de federalismo solidario, concertado y con equidad territorial y social;
Que uno de esos ejes de acción está relacionado con el fortalecimiento de las economías provinciales mediante la implementación de distintas líneas de trabajo relacionadas con la asistencia técnica empresarial, la formación continua de los decisores del sector público, así como de los pequeños y medianos empresarios, la gestión de la calidad, la innovación tecnológica, el cuidado del ambiente y el financiamiento de las exportaciones;
Que con fecha 03 de noviembre de 2022, la 60ma Asamblea Ordinaria de este Consejo dio aprobación al Plan de Trabajo 2022 y al Presupuesto 2023, incluyendo entre los ejes para el despliegue interinstitucional, el respaldo a los sectores productivos;
Que el afianzamiento, consolidación y promoción del turismo sustentable, constituye uno de los objetivos primordiales en la estrategia de desarrollo integral e integrado de la Provincia;
Que el Consejo Federal de Inversiones, como Organismo de planificación y promoción del desarrollo regional, se encuentra en condiciones de prestar asistencia a las provincias y acompañarlas en la aplicación de estrategias y herramientas que hagan a su desarrollo;
Que las partes se comprometen a llevar adelante acciones de apoyo, estímulo y fortalecimiento para la promoción de la producción en todos sus aspectos, del turismo sustentable y el desarrollo de las industrias creativas y culturales, con especial énfasis en la participación e involucramiento de los municipios y comunidades locales, a fin de avanzar en el camino de su diversificación productiva, la generación de empleo genuino, el aumento de la productividad y competitividad hacia la construcción de sociedades más inclusivas y con mayor calidad de vida;
Que el presente convenio tendrá plazo de vigencia hasta el 30 de junio de 2023;
Por ello, de conformidad con lo previsto por el Artículo 88 de la Ley N° 8706, Artículo 88 del Decreto N° 1000/15, Artículo 12 inc. d) de la Ley N° 9433 y de acuerdo con lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º- Apruébese el CONVENIO “PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN, EL TURISMO SUSTENTABLE Y DESARROLLO DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES” y su ANEXO I, celebrado entre la Provincia de Mendoza, representada en ese acto por su Gobernador, Dr. Rodolfo Suárez y el Consejo Federal de Inversiones, representado en ese acto por su Secretario General, Lic. Ignacio Lamothe, suscripto el día 23 de enero de 2023, que como Anexo en copia certificada forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 2º- Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones vigente para el año 2023 del modo que se indica en Planilla Anexa I, que forma parte integrante del presente decreto, considerándose incrementado en la suma de PESOS: DOSCIENTOS NOVENTA MILLONES ($ 290.000.000,00).
Artículo 3º- Increméntese el Cálculo de Recursos de la Administración Central vigente, para el ejercicio 2023, del modo que se indica en Planilla Anexa II, que forma parte integrante del presente decreto, en la suma de PESOS: DOSCIENTOS NOVENTA MILLONES ($ 290.000.000,00).
Artículo 4º- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Gobierno, Trabajo y Justicia y de Hacienda y Finanzas y la Señora Ministra de Cultura y Turismo.
Artículo 5º- Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.- RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ -VICTOR E. IBAÑEZ ROSAZ -VÍCTOR FAYAD -NORA VICARIO





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