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Decreto 92/01 – Aprobación De Las Actas Acuerdo Suscriptas Con Las Empresas Concesionarias De La Red Vial Nacional

11-escnacional

Aprobación De Las Actas Acuerdo Suscriptas Con Las Empresas Concesionarias De La Red Vial Nacional
Decreto 92/01

Buenos Aires, 25 de enero de 2001
B.O.: 31 de enero de 2001

VISTO el Expediente N° 561-000287/2000 del  registrodel MINISTERIO DE lNFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, la Ley N° 17.520,modificada por su similar N° 23.696, el Decreto N° 489del 4 de abril de 1995, el Decreto N° 2039 del 26 de septiembrede 1990, el Decreto N° 527 del 27 de marzo de 1991, el DecretoN° 1817 del 29 de septiembre de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 2039/90 se otorgó la Concesiónde Obra Pública para las mejoras, ampliación, remodelación,conservación, mantenimiento, explotación y administraciónde diversos tramos de la Red Vial Nacional bajo el régimende la Ley N° 17.520 con las modificaciones introducidas porla Ley N° 23.696, y se aprobaron los respectivos contratos.

Que el Decreto N° 527/91 redujo las tarifas, eliminóla percepción de los cánones oportunamente establecidosy subsidió las concesiones de los corredores viales.

Que por el Decreto N° 1817/92 se aprobaron los acuerdosde renegociación contractual de las Concesiones de la RedVial Nacional.

Que los acuerdos precitados, establecieron un nuevo régimentarifario y el pago de una compensación indemnizatoria,regulando un sistema de ajuste anual para ambos. Que las restriccionespresupuestarias del ESTADO NACIONAL imposibilitaron el pago entérmino de las compensaciones antes mencionadas.

Que con posterioridad a la firma de los acuerdos que fueranaprobados por el Decreto N° 1817/92, se dictaron una seriede actos administrativos que suspendieron transitoriamente losajustes de compensaciones y tarifas previstos en esos acuerdos.

Que el objeto de las Actas Acuerdo que se aprueban por el presenteDecreto, es la modificación de los criterios para arribara soluciones efectivas frente a los problemas surgidos duranteel transcurso de las concesiones viales, que no signifique necesariamentela extensión del plazo de los contratos vigentes.

Que se elimina el mecanismo de ajuste de las tarifas, calculadosobre la base de la tasa LIBOR, permitiendo mantener fijas lastarifas de la concesión a partir del 1 de noviembre de2000 e implicando un importante ahorro para los usuarios y elESTADO NACIONAL.

Que resulta oportuna y conveniente la fecha en que se suscribieronlas Actas Acuerdo, ya que permite la ejecución de las nuevasobras acordadas durante el plazo restante de la concesión.

Que los acuerdos alcanzados con los Entes Concesionarios, quepor el presente se aprueban, responden a la política económicadel ESTADO NACIONAL, en tanto contribuyen al proceso de reordenamientoy cumplimiento de las metas fiscales perseguidas por éste.

Que las nuevas condiciones pactadas significan un alza en losniveles de inversión, acorde con la política deestimulación y reactivación de la economía.

Que por lo antes expuesto corresponde aprobar las Actas Acuerdode Adecuación de los Contratos de Concesión de ObraPública para las mejoras, ampliación, remodelación,conservación, mantenimiento, explotación y administraciónde la Red Vial Nacional, celebradas el 2, 15, 17 y 20 de noviembrede 2000 entre la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DEINFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA y los Entes Concesionarios que se detallanen el artículo 1° del presente Decreto.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIONGENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURAY VIVIENDA.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultadesconferidas por la Ley N° 17.520, con las modificaciones introducidaspor la Ley N° 23.696, el Decreto N° 489/95 y el Artículo99 inciso 1 de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1°_ Apruébanse las ActasAcuerdo suscriptas con las Empresas Concesionarias de la Red VialNacional, correspondientes a los corredores que a continuaciónse detallan:

Corredores N° 1 y N° 2 – SEMACAR Servicios de Mantenimientode Carreteras Sociedad Anonima, Corredores N° 3 y N° 4- Caminos del Oeste Sociedad Anonima, Corredor N° 5 y N°17 – Nuevas Rutas Sociedad Anonima , Corredores N° 7; N°8 y N° 9 – Servicios Viales Sociedad Anonima, Corredor N°10 – Covicentro Sociedad Anonima, Corredor N° 11 – CovinorteSociedad Anonima, Corredor N° 12 Concanor Sociedad ConcesionariaVial S.A., Corredor N° 14 – Rutas del Valle Sociedad Anonima,Corredor N° 20 – Red Vial Centro Sociedad Anonima, CorredorN° 6 – Covico U.T.E., Corredor N° 13 – Virgen de ItatiConcesionaria de Obras Viales S.A., Corredor N° 16 – Caminosdel Abra Concesionaria Vial S.A., que como Anexos I, II y IIIen copia autenticada forman parte del presente Decreto.

Art. 2°_ Facúltase a la SECRETARIA DE OBRASPUBLICAS del MINISTERIO DE  INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, pararealizar las interpretaciones que resulten necesarias respectode las cláusulas de las Actas Acuerdo que se aprueban porel artículo 1° del presente Decreto.

Art. 3°_ Comuníquese, publíquese,dése a la Dirección Nacional del Registro Oficialy archívese.

– DE LA RUA. – Chrystian G. Colombo. – José L. Machinea.

NOTA: Este decreto se publica sin Anexos. La documentaciónno publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta DirecciónNacional (Suipacha 767, Capital Federal).

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