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Ley 8492 – Declaración del 28 de octubre de cada año como “Día Provincial del Brigadista Forestal”

Declaración del 28 de octubre de cada año como “Día Provincial del Brigadista Forestal”
Ley 8492 
Poder Legislativo Provincial

Salta, 8 de Abril de 2025
Publicada en el Boletín Oficial: 14 de Mayo de 2025

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON
FUERZA DE LEY

ARTÍCULO 1º.- Declárase el 28 de octubre de cada año como “Día Provincial del Brigadista Forestal”, en conmemoración del personal de Defensa Civil, fallecido en cumplimiento del deber el 28 de octubre de 2014.

ART. 2º.- El Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Autoridad de Aplicación que determine, implementará las actividades tendientes a crear conciencia sobre la importancia de la tarea del brigadista forestal.

ART. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.- Esteban Amat Lacroix – Dr. Raúl Romeo Medina – Mashur Lapad – Dr. Carlos Daniel Porcelo

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