Decreto 2645/08 – Prevención Ambiental
Prevención Ambiental
Decreto 2645/08
Poder Ejecutivo Provincial
San Luis, 18 de Junio de 2008
VISTO:
La Sanción Legislativa Nro. I-0609-2008; y,
CONSIDERANDO:
Que la presente Sanción Legislativa tiene por objeto la creación del Programa San Luis Solidario, determinando competencias, funciones y facultades del mismo;
Que el mencionado Programa tendrá a su cargo la atención de las consecuencias derivadas, entre otras causas, del cambio climático, desde los más cercanos a los más remotos rincones del planeta, imponiendo la adopción de acciones y medidas preventivas, como así también la acción solidaria frente a irremediables catástrofes;
Que asimismo, deberá prestar sus servicios con el fin de resguardar la vida, la salud y el bienestar de la población que se halle en peligro como consecuencia de siniestros naturales o accidentes graves, dirigiendo su accionar en particular hacia los más humildes y carenciados, cuya situación de vulnerabilidad se agrava aún más, ante la presencia de eventos catastróficos;
Que, Organismos y Foros Internacionales alertan constantemente sobre los diversos impactos provocados por la actividad antrópica y señalan la imperiosa necesidad de tomar conciencia del fenómeno mencionado y actuar en consecuencia;
Que estas consideraciones han sido receptadas en el ámbito provincial, en abundante normativa legal y reglamentaria, poniendo en evidencia el profundo compromiso institucional en aras de preservar para las generaciones futuras un medio ambiente sano, equilibrado y sustentable;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º: Cúmplase, promúlguese y téngase por Ley de la Provincia de San Luis, la Sanción Legislativa Nro. I-0609-2008.
Art.2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado de Seguridad.
Art.3º: Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.
ALBERTO JOSE RODRIGUEZ SAA
Guillermo Gustavo López
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