Ley 1151 – Régimen de Fomento para el Uso de Fuentes Renovables de Energía para la Producción de Energía Eléctrica
Régimen de Fomento para el Uso de Fuentes Renovables de Energía para la Producción de Energía Eléctrica
Ley 1151
Poder Legislativo Provincial
Adhesión al Régimen de Fomento para el Uso de Fuentes Renovables de Energía, para la Producción de Energía Eléctrica
Ushuaia, 30 de marzo de 2017
Publicada en el Boletín Oficial: 3 de mayo de 2017
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR SANCIONA CON FUERZA DE LEY :
ARTÍCULO 1°.-Adhiérase la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur a la Ley nacional 26.190, Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía, Destinadas a la Producción De Energía Eléctrica y su modificatoria Ley nacional 27.191
ARTÍCULO 2°.- La presente adhesión en modo alguno implica un acto de renuncia o delegación de la Provincia a los derechos y competencias emergentes de la Constitución Nacional y la Constitución Provincial en materia de recursos naturales, o del marco normativo vigente.
ARTÍCULO 3°.-Declárase de interés provincial la investigación, el desarrollo, la explotación la comercialización y el uso de energías renovables en todo el territorio de la Provincia, como así mismo la radicación de industrias destinadas a la producción de equipos y componentes para la realización de tales actividades.
ARTÍCULO 4°.- Invitase a los municipios de la Provincia a adherir a la presente ley y a dictar, en sus respectivas jurisdicciones, la legislación pertinente con la finalidad de promover la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. – BERTONE- Leonardo A. GORBACZ
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