Resolución 47/19 – Destino de 50 Ejemplares de la Especie Pato Criollo
Destino de 50 Ejemplares de la Especie Pato Criollo
Resolución 47/19
Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque
Buenos Aires, 31 de mayo de 2019
Publicada en el Boletín Oficial: 5 de junio de 2019
VISTO: La Ley N° 5.752 (Texto consolidado por Ley N° 6.017), los Decretos Nros. 439/16, 82/17, 119/18 y 339/18, la Resolución N° 11/UPEEI/19, las Disposiciones Nros. 7/UGGOAALUPEEI/18, 10/UGETUPEEI/18 y 9/UGGOAALUPEEI/19, el Expediente Electrónico N° 34643417-MGEYA-UGGOAALUPEEI-2018, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.752 (Texto consolidado por Ley N° 6.017) dispuso la transformación progresiva del Jardín Zoológico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “Eduardo Ladislao Holmberg”;
Que mediante el Artículo 7° de dicha Ley se autorizó al Poder Ejecutivo a transferir la titularidad de ejemplares, a título gratuito, teniendo como objetivo prioritario el bienestar animal, con especial consideración de las particularidades de cada caso;
Que el Decreto N° 82/17 reglamentó la referida Ley, estableciendo el procedimiento para la derivación y transferencia de titularidad de ejemplares del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que actualmente habitan en el predio del Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Artículo 7° del Anexo II del mencionado Decreto estableció que, a fin de efectuar la transferencia de ejemplares, se deberá realizar un procedimiento de selección transparente y público de los destinatarios, cuando así correspondiera, en virtud del informe emanado de la entonces Unidad de Biodiversidad del Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, actual Unidad de Gestión Estratégica y Transformación;
Que por Decreto N° 439/16 se creó la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) “Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, como Organismo Fuera de Nivel en el ámbito del entonces Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología;
Que mediante el Decreto N° 119/18 se estableció que el Organismo Fuera de Nivel Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires quedará bajo la órbita del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de esta Ciudad;
Que mediante Resolución N° 11/UPEEI/19 se convocó al Proceso de Selección Pública para la elección del lugar de destino y su consecuente trasferencia de titularidad y derivación de SEIS (6) ejemplares de la especie de Cabra Enana Africana (Capra hircus), CUATRO (4) hembras con los microchips identificatorios N° 00-069E-B42F, N°00-0698-B9B2, N°00-0614-8768 y N° 00-0629-86B8 y los otros DOS (2) machos sin microchip identificatorio y con caravanas COI-161 y COI-171, TRES (3) ejemplares de la especie de Chimango (Milvago chimango) con los microchips y anillos identificatorios N° 00-061B-908B/Anillo Ce/IZ, N°939- 00000-213-1534/Anillo V-Ce/IZ y N° 939-00000-209-4873/Anillo Ce-Ce/IZ, CINCUENTA (50) ejemplares de la especie Pato Criollo (Cairina moschata), sin microchips identificatorios, SEIS (6) ejemplares de la especie Guacamayo Azul y Amarillo (Ara ararauna) con los microchips identificatorios N ° 00-069B-ADBE/981-02000-024-7224, N° 939-00000- 209-4898, N° 00-01D0-AD88, N ° 00-0698- 914C, N° 00-069B-C0F0 y N° 00-0698-A1C3, NUEVE (9) ejemplares de Vicuñas (Vicugna vicugna),TRES (3) hembras con los microchips identificatorios N° 026-625-822/00-01E0-82C4, N° 00-0671-660B y N° 00-0671-8144, y SEIS (6) ejemplares machos con microchips identificatorios N° 00-0699-3D93, N° 00-0698-A1CD, N° 00-0629- 42FD/00-01D7- ADC1/981020000247235, N° 00-069D-2288, N° 00-0621-BF23 y N° 939-00000-213- 2296, pertenecientes a la colección faunística del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que se encuentran habitando actualmente en el predio del Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme las condiciones administrativas generales aprobadas mediante Disposición N° 7/UGGOAALUPEEI/2018 y las condiciones generales de traslado y variables para la selección de destino aprobadas mediante Disposición N° 10/UGETUPEEI/2018;
Que en los días 8, 11 y 12 de febrero de 2019 se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el llamado al presente Proceso de Selección Pública y, asimismo, en fecha 12 de febrero se difundió la convocatoria en un medio de comunicación masivo; Quede de las propuestas presentadas para el presente proceso, conforme surge del Acta de Apertura de Propuestas de fecha 18 de febrero de 2019, sólo el Complejo Ecológico de América manifestó su interés en recibir CINCUENTA (50) ejemplares de la especie Pato Criollo (Cairina moschata);
Que el referido Complejo es una asociación civil conservacionista que funciona como centro de rescate y refugio de animales, la cual se encarga de rehabilitar y, en los casos en los que es posible, liberar;
Que la Institución se encuentra inscripta ante la Dirección Nacional de Fauna Silvestre y Conservación de la Biodiversidad mediante el N° 4237 y ante la Dirección de Administración de áreas Protegidas y Conservación de la Biodiversidad de la Provincia de Buenos Aires;
Que se encuentra emplazado en un bosque de 354 hectáreas, mientras que el mismo cuenta con un total de 40 hectáreas;
Que el objetivo principal del Complejo Ecológico de América se encuentra orientado a las actividades de conservación y educación. En esa inteligencia, cuenta con distintos programas y proyectos destinados al cumplimiento de tal fin, así como también con programas de investigación que se llevan a cabo en el marco de convenios con Instituciones educativas;
Que el hábitat destinado a los ejemplares en el Complejo Ecológico de América, posee 2.500 metros cuadrados y cuenta con refugios acordes para la especie, así como distintos árboles, garantizando a los individuos el acceso a sombras en forma permanente. También dispone de distintos cuerpos de agua donde los ejemplares podrán nadar y realizar los comportamientos que le son propios;
Que en lo que respecta a la nutrición, los ejemplares tendrán la posibilidad de alimentarse a voluntad de lo que se encuentra naturalmente en el predio, como es el caso de distintas plantas, semillas e invertebrados y a su vez se les suministrará raciones de comida a base de alimento balanceado para aves;
Que la Comisión de Evaluación, que fuera conformada por la mencionada Resolución N° 11/UPEEI/19, concluyó indicando que la propuesta presentada por la Institución cumple con todos los requisitos establecidos en la convocatoria y se ajusta a las necesidades de los ejemplares;
Que a fin de realizar la derivación al lugar de destino se procederá conforme a las condiciones administrativas generales aprobadas mediante Disposición N° 7/UGGOAALUPEEI/18 y las condiciones generales de traslado y variables para la selección de destino aprobadas mediante Disposición N° 10/UGETUPEEI/18;
Que luce en la Comunicación Oficial N° NO-2018-34380750- -UGETUPEEI el informe técnico veterinario de conformidad con lo establecido en el Artículo 6° del Anexo II del Decreto N° 82/17;
Que resulta necesario que el Complejo Ecológico de América cumplimente las cuestiones administrativas sanitarias para hacer efectivo el traslado de los ejemplares;
Que en consecuencia es menester para la Administración, sujetar la transferencia a título gratuito a favor del destinatario, al cumplimiento de todos los requisitos sanitarios necesarios y al efectivo traslado de los ejemplares al destino;
Que a fin de aprobar el presente procedimiento de selección transparente y público de los destinatarios para la transferencia a título gratuito de los ejemplares de la especie Pato Criollo (Cairina moschata), se procederá conforme el procedimiento aprobado mediante Disposición N° 9/UGGOAALUPEEI/19;
Que mediante el Decreto N° 339/18 se designó a partir del 1° de octubre de 2018, al Lic. Federico Iglesias, como Titular del Organismo Fuera de Nivel Unidad de Proyectos Especiales (UPE) “Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires“ dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de esta Ciudad;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo (Texto consolidado por Ley N° 6.017) prescripto por la Ley N° 1.218 ;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Anexo II del Decreto N° 82/17,
EL TITULAR DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE:
Artículo 1º.- Apruébase el Proceso de Selección Pública para la elección del lugar de destino de CINCUENTA (50) ejemplares de la especie Pato Criollo (Cairina moschata), sin microchips identificatorios, realizada al amparo de lo establecido en la Ley N° 5.752 (Texto consolidado por Ley N° 6.017) y su Decreto Reglamentario N° 82/17 y conforme el procedimiento aprobado mediante Disposición N° 9/UGGOAALUPEEI/19.
Art. 2º.- Selecciónase como lugar de destino de CINCUENTA (50) ejemplares de la especie Pato Criollo (Cairina moschata), al “Complejo Ecológico de América”, a tenor de lo dictaminado por la Comisión de Evaluación conformada para el presente Proceso de Selección.
Art. 3º.- Autorízase la derivación de los ejemplares indicados en el Artículo 1° de la presente al “Complejo Ecológico de América”, conforme a las condiciones administrativas generales aprobadas mediante Disposición N° 7/UGGOAALUPEEI/18 y las condiciones generales de traslado y variables para la selección de destino aprobadas mediante Disposición N° 10/UGETUPEEI/18.
Art. 4.- Autorízase la transferencia de titularidad a título gratuito de los ejemplares indicados en el Artículo 1° de la presente, a favor del “Complejo Ecológico de América”, al momento en que se cumplimente con la totalidad de los trámites sanitarios administrativos correspondientes, y al efectivo traslado de los ejemplares al destino.
Art. 5º.- Notifíquese al interesado. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de UN (1) día. Cumplido, archívese. Iglesias
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