Resolución 14/24 – Captura Máxima Permisible de las Especies
Captura Máxima Permisible de las Especies
Resolución 14/24
Consejo Federal Pesquero
Buenos Aires, 19 de diciembre de 2024
Publicada en el Boletín Oficial: 24 de diciembre de 2024
VISTO lo dispuesto por el inciso c) del artículo 9° de la Ley N° 24.922 y
CONSIDERANDO:
Que a los fines de la conservación, protección y administración de los recursos vivos marinos debe establecerse anualmente la Captura Máxima Permisible (CMP) para las distintas especies, a fin de evitar excesos de explotación y asegurar su conservación a largo plazo.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP) ha remitido la Nota DNI N° 152/2024, de fecha 17 de diciembre de 2024, a través de la cual recomienda la CMP de la especie abadejo (Genypterus blacodes) para el período anual 2025; y la Nota DNI N° 155/2024, de fecha 17 de diciembre de 2024, informando la recomendación de CMP para las especies bacalao austral (Salilota australis) y la merluza austral (Merluccius australis), para el período anual 2025.
Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO es competente para el dictado de la presente de conformidad con el artículo 9° incisos c) y f) y artículo 18 de la Ley N° 24.922 y el artículo 9° del Decreto N° 748 de fecha 14 de julio de 1999.
Por ello,
EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Establecer para el año 2025 la Captura Máxima Permisible de las especies y en las cantidades que se detallan a continuación:
a. Abadejo (Genypterus blacodes), TRES MIL SEISCIENTAS (3.600) toneladas;
b. Bacalao austral (Salilota australis) CINCO MIL (5.000) toneladas; y
c. Merluza austral (Merluccius australis) MIL TRESCIENTAS (1.300) toneladas.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de la fecha, podrá ser revisada por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO y, de ser necesario, complementada o modificada, a partir de la información y las recomendaciones del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Paola Andrea Gucioni – Martín Fernandez – Miguel Schmukler – Sergio Edgardo Paleo – Andrés Arbeletche – Ricardo Ancell Patterson – Carlos Cantú – Juan Antonio López Cazorla
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