Resolución 275/24 – Subastas públicas de las áreas de caza de los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín. Rectificativa
Subastas públicas de las áreas de caza de los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín. Rectificativa
Resolución 275/24
Administración de Parques Nacionales
Ciudad de Buenos Aires, 22 de noviembre de 2024
Publicada en el Boletín Oficial: 25 de noviembre de 2024
VISTO el Expediente EX-2024-103508469-APN-DGA#APNAC del registro de esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, la ley N° 22.351 y la Resolución del Directorio RESFC-2024-262-APN-D#APNAC de fecha 13 de noviembre de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución RESFC-2024-262-APN-D#APNAC del Directorio se aprobó la realización de las subastas públicas de las áreas de caza de los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín correspondientes a la Temporada 2025.
Que la mencionada Resolución estableció las áreas, períodos y valores, enunciados en el Anexo IF-2024-124591558-APN-DNUP#APNAC.
Que, por un error material involuntario, el Anexo previamente mencionado consignó para el 4º Turno el periodo del 31 de marzo de 2025 al 5 de mayo de 2025, cuando en realidad corresponde del 31 de marzo de 2025 al 5 de abril de 2025.
Que, además, en el mismo Anexo, el 6° Turno indica como fechas del 17 de abril de 2024 al 23 de abril del 2025, cuando corresponde el 6° Turno del 17 de abril de 2025 al 23 de abril de 2025.
Que, a efectos de rectificar el Anexo IF-2024-124591558-APN-DNUP#APNAC, se ha incorporado a las actuaciones el Anexo IF-2024-126038519-APN-DNUP#APNAC.
Que la Dirección Nacional de Uso Público y las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Administración han tomado las intervenciones de sus competencias.
Que la presente se dicta de acuerdo con las facultades conferidas por el Artículo 23, incisos f), o) y w) de la Ley N° 22.351.
Por ello;
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese el Artículo 2º de la Resolución RESFC-2024-262-APN-D#APNAC del Directorio, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 2º.- Establécese que las referidas subastas públicas se desarrollarán de acuerdo con las áreas, períodos y valores, enunciados en el Anexo IF-2024-126038519-APN-DNUP#APNAC, el cual forma parte integrante de la presente.”.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que, por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones, se dé la presente Resolución a publicación por el término de UN (1) día a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido y con las debidas constancias gírense las actuaciones a las Intendencias de Los Parques Nacionales Lanin y Nahuel Huapi.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Maria Victoria Haure – Guillermo Eduardo Diaz Cornejo – Nahuel Celerier – Walter Rubén Scibilia Campana – Marcelo Miguel Forgione – Cristian Larsen
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