Disposición 8/17 – Año de las Energías Renovables
Año de las Energías Renovables
Disposición 8/17
Administración Federal de Ingresos Públicos
La papelería oficial del Organismo debe llevar la siguiente leyenda: Año de las Energías Renovables
Buenos Aires, 11 de enero de 2017.
Fecha de publicación: B.O. 16/01/2017.
VISTO el Decreto 9 del 3 de enero de 2017 y la Actuación SIGEA N° 18458-1-2017 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Actuación citada en el VISTO, se tramita la adecuación de la papelería oficial a utilizar en el Organismo para el Año 2017.
Que por el Artículo 1° del Decreto 9/2017, se declara al Año 2017 como “AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES”, y por el Artículo 2° se dispone que durante el Año 2017, toda la documentación oficial de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada, así como en los Entes autárquicos dependientes de ésta, deberá llevar la leyenda “2017 – AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES”.
Que por su parte, con el objetivo de potenciar el fortalecimiento de la imagen institucional, resulta oportuno propiciar un nuevo logotipo para la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.
Que atento a razones de buen orden administrativo, se torna necesario adecuar la papelería oficial de esta Administración Federal y modificar el actual Formulario 1500 en el sentido expuesto.
Que el Departamento Comunicación y la Dirección de Gestión Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.
Que las Subdirecciones Generales de Servicios al Contribuyente y de Planificación han prestado su conformidad.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, procede disponer en consecuencia.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Incorpórese en el margen superior derecho de toda la papelería oficial a utilizar en la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS durante el año 2017, la leyenda “AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES”.
ARTÍCULO 2° — Apruébese el Formulario 1500 que forma parte integrante de la presente, el cual se encuentra disponible en Intranet.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, publíquese, comuníquese y dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. — Alberto Abad.
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