Decreto 1523/20 – Adhesión al DNU 814/2020 que prorroga el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio desde el día 26 de octubre hasta el día 8 de Noviembre de 2020 inclusive
Adhesión al DNU 814/2020 que prorroga el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio desde el día 26 de octubre hasta el día 8 de Noviembre de 2020 inclusive
Decreto 1523/20
Poder Ejecutivo Provincial
Ushuaia, 26 de Octubre de 2020
Publicado en el Boletín Oficial: 26 de Octubre de 2020
Visto los Decretos Provinciales Nº 465/20, Nº 467 /20, Nº 468/20, Nº 524/20, Nº 536/20, Nº 587/20, Nº 622/20, Nº 645/20, Nº 742/20, Nº 793/20, Nº 880/20, Nº 967/20, Nº 1023/20, Nº 1024/20, Nº 1063/20, Nº 1104/20, Nº 1189/20, Nº 1190/20, Nº 1260/20, Nº 1291/20, Nº 1326/20, Nº 1327/20, Nº 1359/20, Nº 1416/20, Nº 1417/20, Nº 1497/20 y los Decretos Nacionales Nº 260/20, Nº 297/20, Nº 325/20, Nº 355/20, Nº 408/20, Nº 459/20, Nº 493/20, Nº 520/20, Nº 576/20, Nº 605/20, Nº 641/20, Nº 677/20, Nº 714/20, Nº 754/20, Nº 792/20 yNº 814/20; y
Considerando
Que con fecha 11 de Marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia.
Que por el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia Nº 260/20 del 12 de marzo de 2020 se amplió en nuestro país la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nacional Nº 27.541, por el plazo de un (1) año en virtud de la pandemia declarada.
Que a nivel Provincial se emitió el Decreto Provincial Nº 465/20 por el cual se adhirió a la Declaración de Emergencia dispuesta mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2020-260-APN-PTE, y se declaró la Emergencia en materia sanitaria en todo el territorio de la Provincia, desde el dictado del mismo y por el término de un (1) año.
Que mediante Decreto Provincial Nº 468/20 se aprobó el “PROTOCOLO DE CUARENTENA PARA LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR” desde el día 16 de marzo y hasta el día 31 de marzo de 2020.
Que luego el Poder Ejecutivo Nacional mediante Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 dispuso el aislamiento social preventivo en todo el territorio Nacional, adhiriendo la Provincia mediante Decreto Nº 524/20.
Que debido a la recomendación de los expertos en materia sanitaria, epidemiológica y científica, acerca de la conveniencia de continuar con el curso de acción adoptado en orden al aislamiento social establecido, el Gobierno Nacional prorrogó el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20, a través de los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 325/20, Nº 355/20, Nº 408/20, Nº 459/20 y Nº 493/20, medidas a las que la Provincia adhirió por medio de los Decretos Provinciales Nº 536/20, Nº 587/20, Nº 622/20, Nº 645/20 y Nº 742/20.
Que en el marco de la situación epidemiológica que presentan ciertas provincias, el Poder Ejecutivo Nacional, en fecha 07 de junio de 2020, mediante el DNU Nº 520/20, estableció como nueva medida de salud pública la fase de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio, medida en la que Tierra del Fuego se encuentra incluida, conforme el artículo 3 º del mismo, prorrogada mediante el DNU Nº 576/20 y Nº 605/20, a la que la Provincia adhirió mediante el Decreto Provincial Nº 793/20, Nº 880/20 y Nº 967/20.
Que en fecha 03 de agosto de 2020 se dictó el Decreto Provincial Nº 1023/20 mediante el cual se dispuso el ingreso de la ciudad de Río Grande a la fase de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio hasta las 00:00 horas del día 10 de agosto de 2020 y se dispusieron medidas restrictivas para las ciudades de Ushuaia y Tolhuin.
Que posteriormente el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 641/20 al cual la Provincia adhirió mediante Decreto Provincial Nº 1024/20, que dispone la continuidad de la fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio en todos los departamentos de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida é Islas del Atlántico Sur, excepto el de Río Grande, esto hasta el día 16 de agosto de 2020.
Que mediante Decreto Provincial Nº 1063/20 se prorrogó la vigencia del Decreto Provincial Nº 1023/20 hasta el día 16 de agosto de 2020.
Que a través del Decreto Provincial Nº 1104/20 se prorrogó la vigencia del Decreto Provincial Nº 1023/20 y se adhirió al DNU Nº 677/20 que prorrogó la fase de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio para la Provincia de Tierra del Fuego a excepción del partido de Río Grande y se dispuso la prórroga de la fase de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio hasta el día 30 de agosto para la ciudad de Río Grande.
Que por Decreto Provincial Nº 1189/20 se prorrogaron las medidas dispuestas a través de los Decretos Provinciales Nº 1013/20, Nº 1023/20, Nº 465/20 y Nº 467/20 hasta el día 20 de septiembre de 2020.
Que mediante Decreto Provincial Nº 1190/20 se adhirió al Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 714/20 y mediante Decreto Provincial Nº 1260/20 se modificó el sistema de circulación por terminación de DNI par o impar para la ciudad de Río Grande y mediante Decreto Provincial Nº 1291/20 se adhirió al Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 754/20.
Que debido al incremento de casos en la ciudad de Ushuaia y la recomendación en materia epidemiológica del Comité Operativo de Emergencia creado mediante Resolución M.S. Nº 240/20, se dictó el Decreto Provincial Nº 1326/20 y su modificatorio Nº 1327/20 mediante el cual se dispuso el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio y se dejó sin efecto la suspensión de la cuarentena dispuesta mediante Decreto Provincial Nº 468/20, desde el día 27 de septiembre de 2020 y hasta el día 04 de Octubre de 2020 inclusive.
Que mediante Decreto Provincial Nº 1359/20 se prorrogó el Decreto Provincial Nº 1326/20 hasta el día 11 de octubre de 2020 y mediante Decreto Provincial Nº 1416/20 se prorrogaron las medidas desde el día 12 de octubre de 2020 hasta el día 25 de octubre de 2020 y se suspendió la restricción de circulación en ruta entre las ciudades de Río Grande y U shuaia.
Que en fecha 12 de octubre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial de la Republica Argentina el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 792/20 que mantiene las fase Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio para la ciudad de Ushuaia y de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio para la ciudad de Río Grande desde el día 12 de octubre y hasta el día 25 de octubre de 2020 adhiriendo la Provincia mediante Decreto Nº 1417/20.
Que mediante Decreto Provincial Nº 1497/20 se prorrogó el Decreto Provincial Nº 1326/20 hasta el día 08 de noviembre de 2020 inclusive.
Que mediante DNU Nº 814/20, se prorrogaron las medidas dispuestas a nivel nacional hasta el día 08 de noviembre de 2020 inclusive.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
Artículo 1º.- Adherir al Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 814/20.
Art. 2º.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.-MELELLA-Judit J. R.DI GIGLIO
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