Resolución 70/18 – Residuos Especiales. Declaración Jurada de Operadores
Residuos Especiales. Declaración Jurada de Operadores
Resolución 70/18
Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible
La Plata, 20 de febrero de 2018
Publidada en el Boletín Oficial: 1º de marzo de 2018
Referencia: Exte. 2145-20295/18 Prorroga vencimiento DDJJ Operadores de Residuos Especiales
VISTO:
El expediente Nº 2145-20295/18, las Leyes N1 25.675, N1 11.720, Nº 14.989, los Decretos Ley Nº 7647770, los Decretos Nº 806/97, Nº 650/11, Nº 23/07, las Resoluciones Nº 593/00 de la ex Secretaría de Política Ambiental, Nº 132/10 y Nº 157/12 del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible; y
CONSIDERANDO:
Qe el artículo 4º del Decreto Nº 806/97, modificado por el decreto Nº 650/11, reglamentario de la Ley Nº 11.720 de Residuos Especiales faculta a este Organismo Provincial a establecer la forma, los plazos y modo en que los obligados procederán al pago de la Tasa Especial que prevé el mismo;
Que el artículo 8º del Decreto reglamentario mencionado, establece la obligatoriedad de la presentación de la declaración jurada a efectos de obtener el Certificado de Habilitación Especial;
Que mediante Resolución N1 157/12 del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, se modificó el artículo 2º de la Resolución Nº 593/00 de la ex Secretaria de Política Ambiental, estableciendo como fecha de vencimiento para la declaración jurada prevista en el artículo 81 del Decreto 806/97 el último día hábil del mes de febrero de cada año.
Que la Resolución Nº 132/10 del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, estableció en su artículo 2º que los formularios crados y aprobados por las Resoluciones Nº 593/00, Nº 797/00 y Nº 1408/00 de la ex Secretaría de Política Ambiental y sus modificatorias, deban ser generados en el sitio web del Organismo Provincial para el Desarrollo Sustenible;
Que las modificaciones en la presentación de la declaración jurada que se han producido como consecuencia de la informatización de dicho procedimiento, han llevado una mayor celeridad, economía y eficacia de las actuaciones administrativas;
Que resulta imprescindible asegurar a los administrados el derecho a presentar en tiempo las obligaciones requeridas por esta Autoridad de aplicación;
Que por lo expuesto y ante el inminente vencimiento del plazo de presentación de Declaración Jurada de Operadores de Residuos Especiales del corriente año, resulta necesario su prorroga de manera excepcional y por única vez;
Que en ejercicio de las facultades conferidad por la Ley N1 14.989 y el Decreto Nº 23/07, corresponde dictar el presente acto administrativo;
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE,
RESUELVE:
Artículo 1º._ Prorrogar la fecha de vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada de Operadores de Residuos Especiales y pago de la tasa especial establecida en el artículos 4º y 8º del Decreto Nº 806/97 y su modificatoria Nº 650/11, correspondiente al año en curso, hasta el día 31 de marzo de 2018, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
Art. 2º._ Dejar establecido que vencido el plazo de presentación, este Organismo Provincial procederá de acuerdo a lo previsto en el artículo 13 del Decreto Nº 806/97 y su modificatorio Nº 650/11, sin perjuicio de aplicar las sanciones que correspondan en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley Nº 11.720.
Art. 3º._ Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al S.I.N.B.A. Cumplido, archivar. – Rodrigo Aybar, Director Ejecutivo – Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible.
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