Resolución 315/77 – Permiso Diario para Cazadores de Otras Provincias
Permiso Diario para Cazadores de Otras Provincias
Resolución 315/77
Dirección de Recursos Naturales
Paraná, 22 de diciembre de 1977
VISTO:
La gran afluencia de turistas que ingresan a la provincia movidospor el interés de practicar la caza deportiva y;
CONSIDERANDO:
Lo planteado en el reunión celebrada por el E.C.I.F.en Santa Fé, durante el mes de agosto próximo pasadosobre la necesidad de otorgar a las licencias y validez nacional,entendiéndose por tal que el cazador deportivo habilitadopor el organismo competente del lugar de residencia pueda practicardicho deporte en otras provincias.
Que para ser acreedor del permiso para turista que contemplala Ley 4841; es necesario que el interesado sea portador de lalicencia de caza deportiva de la provincia donde reside; debidamenteactualizada.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE RECURSOS NATURALES
R E S U E L V E
Artículo 1. Serán acreedores del permisodiario, que otorga la Dirección los cazadores deportivosde otras provincias que certifiquen la condición de talmediante la presentación de la licencia habilitante actualizadade la provincia de residencia.
Art. 2. Todo cazador deportivo proveniente de otrasprovincias deber conocer los alcances de la Ley de Caza Nro 4841y disposiciones complementarias, no pudiendo argumentar el desconocimientode las mismas en caso de infracción comprobada.
Art. 3. La validez del permiso estar dada por los díasque declare el interesado en el momento de la solicitud del mismo,considerßndose infracción el uso indebido de ellos.
Art. 4. Regístrese, notifíquese, publíquese.
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