skip to Main Content
Punto de encuentro entre las Empresas, el Medio Ambiente y la Sustentabilidad

Resolución 15/20 – Prohíbese el Uso del Arte de Pesca de Arrastre de Fondo

Prohíbese el Uso del Arte de Pesca de Arrastre de Fondo
Resolución 15/20
Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo

Montevideo, 30 de octubre de 2020
Publicada en el Boletín Oficial: 12 de noviembre de 2020

Visto:
La necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación de peces cartilaginosos mediante el establecimiento de áreas de veda que protejan las concentraciones de reproductores y las áreas de cría en la Zona Común de Pesca.
Resultando:

Las recomendaciones efectuadas por el Grupo de Trabajo Condrictios, que sugieren la adopción de medidas de manejo apropiadas para asegurar la sustentabilidad de este recurso.

Atento:

Lo establecido en los artículos 80 y 82 del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
RESUELVE:

Artículo 1°) Prohíbese el uso del arte de pesca de arrastre de fondo en el área delimitada por las siguientes referencias geográficas:

a) al Norte, por el paralelo 36°S y su intersección con el Límite Exterior del Río de la Plata;

b) al Sur, por el paralelo 37°S;

c) al Oeste, por el Límite Exterior del mar territorial argentino;

d) al Este, por el meridiano 56°00’W.

Art. 2°) Fíjese la vigencia de la presente resolución desde su publicación hasta el 31 de marzo de 2021 inclusive.

Art. 3°) Considérese la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave.

Art. 4°) Comuníquese al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.

Art. 5°) Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay y archívese.- Mariana Inés Llorente – Julio Suárez

This Post Has 0 Comments

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back To Top