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Resolución 173/09 – Sistema de Información Ambiental

11-escnacional

Sistema de Información Ambiental
Resolución 173/09
Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable

Establécese el SISTEMA DE INFORMACION AMBIENTAL NACIONAL (SIAN) en la UNIDAD SECRETARIO.

Sancionada el 18 de abril de 2009

VISTO el expediente Nro. 428/98 de la ex SECRETARÍA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO (SRNyDS), referente a la creación del Sistema de Información Ambiental Nacional (SIAN), y
CONSIDERANDO:

Que el derecho a la información Ambiental está establecido en el Artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que en el año 1998 el Decreto 146/98, delega en la Dirección Nacional de Fortalecimiento Institucional la acción de “Administrar el SISTEMA DE INFORMACION AMBIENTAL NACIONAL (SIAN), con la participación de organismos nacionales, de las provincias y organizaciones no gubernamentales”.

Que la Resolución 459/98 de la SRNyDS creó el SIAN, reglamentando su funcionamiento y dependencia.

Que la ley General del Ambiente 25.675, en sus artículos 16 al 18, expresa en el capítulo sobre información ambiental, la necesidad de disponer de un sistema integrado de información que administre los datos significativos y relevantes del ambiente, y evalúe la información ambiental disponible.

Que con fecha 17 de octubre de 2004 el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) reconoce al SIAN como el sistema que administre los datos y la información ambiental disponible de acuerdo a lo solicitado por la Ley 25.675, por Resolución 94/04.

Que el SIAN es un sistema de representación federal, lo que garantiza un perfil plural y hegemónico de la información ambiental a nivel nacional.

Que se considera conveniente la integración del SIAN, a los efectos de sentar las bases del compromiso de gestión de la información desde su Nodo Central y hacia sus Nodos integrantes.

Que el suscripto es competente para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nro. 357/02, sus modificatorios y complementarios y el Decreto Nro. 2093/08.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:

Artículo 1
º: Establécese que a partir de la suscripción de la presente, el Sistema de Información Ambiental Nacional (SIAN) dependerá de la UNIDAD SECRETARIO.

Art. 2
º: Todas las áreas de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, deberán prestar su colaboración en el desarrollo del nodo.

Art. 3
º: El SIAN coordinará los lineamientos de gestión de la información y desarrollos informáticos que se implementen dentro del marco de acción de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

Art. 4
º: La presente medida no implica erogación presupuestaria.

Art. 5
º: Regístrese, comuníquese y archívese.

Dr. Homero M. BIBILONI

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