Ley 10449 – Régimen de Fomento Nacional para el uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica
Régimen de Fomento Nacional para el uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica
Ley 10449
Poder Legislativo Provincial
Paraná, 28 de junio de 2017
Publicada en el Boletín Oficial: 12 de julio de 2017
El PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS, SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo. 1º.- Adhiérase la Provincia de Entre Ríos a las disposiciones de la Ley Nacional N° 16.190 y su modificatoria Ley nacional N° 27.191, de “Régimen de Fomento Nacional para el uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica”.
Art. 2°.- A efectos de la presente norma se aplicarán las definiciones establecidas en el artículo 4° de la Ley Nacional N° 26.190. Adicionalmente, serán también consideradas fuentes de energía renovable las energías hidrocinética, mini hidráulica y la proveniente del hidrógeno.
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo Provincial determinará la autoridad de aplicación de la presente ley, conforme a sus competencias.
Art. 4°.- El Poder Ejecutivo Provincial deberá reglamentar la presente ley dentro de los noventa (90) días a partir de su promulgación.
Art. 5°.- Invítase a los municipios y comunas de la Provincia de Entre Ríos a adherir a la presente y a dictar las ordenanzas pertinentes a fin de promover la generación eléctrica a partir de fuentes renovables de energía.
Art. 6º.- Comuníquese, etcétera.- Adán Humberto Bahl Presidente H.C. de Senadores Natalio Juan Gerdau Secretario H.C. de Senadores Sergio Daniel Urribarri Presidente H.C. de Diputados Nicolás Pierini Secretario H.C. de Diputados
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