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Resolución 127/01 – Venteo de Gas

11-escnacional

Venteo de Gas
Resolución 127/01
Secretaría de Energía y Minería

Buenos Aires, 8 de febrero de 2001.
B.O.: 13 de febrero de 2001

VISTO el Expediente Nº 750-005918/2000del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución de la ex SECRETARIADE ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de abril de 1998 entonces dependientedel ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, establecelas normas sobre el aventamiento de gas natural tendientes alaprovechamiento integral del recurso, asi como las condicionesde excepción a los límites permitidos del venteo.

Que en tal sentido, la empresa operadoraVINTAGE OIL ARGENTINA, INC., ha presentado a esta Autoridad deAplicación un pedido de excepción, a los límitespermitidos de venteo de gas, para las baterías 2-3, 136y 180 del yacimiento EL HUEMUL y 120 y 161 del yacimiento MESETAEPINOSA, ubicados en la Cuenca del GOLFO SAN JORGE, en la Provinciade SANTA CRUZ, acorde a lo que establece la citada normativa enel punto 5.4.

Que la solicitud obedece a la necesidadde efectuar obras de aprovechamiento mediante la realizaciónde trabajos de capacitación, comprensión y tratamientodel gas ácido (alto contenido de anhídrido carbónico)y con el objetivo de movilizar un mayor volumen de reserva actualmenteinmovilizadas.

Que analizada la presentación, desdeel punto de vista técnico y normativo corresponde el otorgamientode excepción solicitada.

Que la aplicación de la Resoluciónde l ex SECRETARIA DE ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de abrilde 1998 entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRASY SERVICIOS PUBLICOS, así como el otorgamiento de las excepcionesprevistas en la misma, justifican el dictado de la presente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOSdel MINISTERIO DE ECONIMIA, ha tomado la intervención quele compete.

Que la presente se dicta de acuerdo a lodispuesto por el Artículo 97 de la Ley Nº 17.319,y la Resolución de la ex SECRETARIA DE ENERGIA Nº143 de fecha 20 de abril de 1998, entonces dependiente del exMINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA RESUELVE:

Artículo 1º– Otórgase excepción, a los límitespermitidos de venteo de gas establecido en el apartado 5.4. delAnexo I de la Resolución de la ex SECRETARIA DE ENERGIANº 143 de fecha 20 de abril de 1998, entonces dependientedel ex MINISTERIO DE ECONOMIA T OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, enlos yacimientos EL HUEMUL y MESETA ESPINOSA, ubicados en la Cuencadel Golfo San Jorge, en la Provincia de SANTA CRUZ, de acuerdoal detalle que figura en el Anexo I de presente y que forma parteintegrante de la misma.

Art. 2º-La empresa VINTAGE OIL ARGENTINA, INC., deberá presentarla correspondiente garantía de cumplimiento de las obrasde aprovechamiento dentro de los QUINCE (15) días de notificadade la presente resolución y por el monto establecido enel ANEX I. Dicha garantía será endosada a favorde la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA y podrá constituirsemediante seguro de canción o fianza bancaria, depósitoen efectivo o bonos y títulos de la deuda pública.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la DirecciónNacional del Registro Oficial y archívese. – DéboraGiorgi.

ANEXO I

EXCEPCION OTORGADA

Empresa Operadora: VINTAGE OIL ARNGENTINA,INC.

Area/Yacimiento: Baterías 2-3, 136y 180 del yacimiento EL HUEMUL y baterías 120 y 161 delyacimiento MESETA ESPINOSA.

Relación gas-petróleo autorizada:Hasta CIENTO VEINTE (120) M3/M3.

Motivo de la excepción: Obras deCaptación, Comprensión y Tratamiento del gas conalto contenido en anhídrido carbónico.

Plazo de ExcepciónÑ DOCE (12)meses.

A partir del : 15 de noviembre de 2000.

Monto de la GarantíaÑ PESOSCIEN MIL (100.000).

Vencimiento de la excepción: 15 denoviembre del año 2001.

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