skip to Main Content
Punto de encuentro entre las Empresas, el Medio Ambiente y la Sustentabilidad

Resolución 201/07 – Calidad de Alimentos

11-escnacional

Calidad de Alimentos
Resolución 201/07
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos

Se aprueba el Protocolo de Calidad para Arándanos Frescos

 Buenos Aires, 22 de mayo de 2007.

VISTO el Expediente Nro. S01:0323506/2006 del Registro de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos del Ministerio de Economia y Producción, la Resolución 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la citada Secretaría, y

CONSIDERANDO:

Que en el mercado global, el grado de exigencia de clientes y consumidores respecto de la calidad de los alimentos, se ha elevado, en virtud del aumento de la información disponible y de la diversificación de la oferta.

Que a efectos de garantizar a clientes y consumidores que los Arándanos Argentinos lleven efectivamente los atributos de valor diferenciadores, es necesario contar con sistemas eficaces de gestión e identificación.

Que se debe ponderar la excelente calidad de los Arándanos que se producen en la República Argentina con atributos y autenticidad vinculados al origen, las prácticas de producción y los sistemas que aseguran su calidad.

Que los consumidores con mayor información y poder adquisitivo, son selectivos al momento de elegir, así cuando se les ofrecen Arándanos Argentinos que cumplen con las características y exigencias demandadas, tienden a privilegiar la adquisición de aquéllos.

Que en dicho orden de ideas, los sistemas de certificación voluntaria prestados por entidades independientes, se han probado aptos a esa finalidad, cuando los atributos diferenciales de valor no son factibles de ser comprobados directamente por clientes y consumidores, porque resumen innumerables condiciones y decisiones a lo largo de la cadena agroalimentaria.

Que las tendencias actuales muestran claramente que el camino de la calidad es al que se deben orientar todas las acciones y propuestas vinculadas con la producción de Arándanos Argentinos.

Que conforme a lo establecido por la Resolución 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos del Ministerio de Economia y Producción, que crea el Sello “Alimentos Argentinos una elección natural ” y su versión en idioma inglés “Argentine Food, a Natural Choice”, resulta un requisito esencial cumplir con un Protocolo de Calidad para la obtención del mismo, como así también, brindar a los consumidores garantía de que los productos han sido elaborados de conformidad a características específicas y/o condiciones especialmente establecidas.

Que la “calidad” por consiguiente, es un componente estratégico para el desarrollo competitivo de los Arándanos Argentinos, y un factor diferencial para el ingreso a mercados nuevos, desarrollo de mercados, o permanencia en los mercados existentes con innovación de mantenimiento.

Que un Protocolo de Calidad de Arándanos resulta ser un patrón o medida para las empresas productoras que deseen diferenciar su producto como estrategia competitiva.

Que la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos del Ministerio de Economia y Producción, tiene entre sus objetivos definir las políticas referidas al desarrollo, promoción, calidad y sanidad de productos, industrializados o no, para consumo alimentario de origen animal o vegetal.

Que debido a las directivas impartidas por el Gobierno Nacional en materia de contención del gasto público, la presente medida no implicará costo fiscal alguno.

Que por lo antes expuesto, la mencionada Secretaría tiene interés en la aprobación de un Protocolo de Calidad de carácter no obligatorio y de adhesión e implementación voluntaria, que identifique los atributos diferenciales de los Arándanos Argentinos.

Que el desarrollo de esta estrategia posibilitará el posicionamiento de los Arándanos Argentinos en los mercados extranjeros con valor agregado.

Que la Dirección de Legales del Area de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economia y Producción, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto 25 del 27 de mayo de 2003 y su modificatorio 1359 de fecha 5 de octubre de 2004.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA y ALIMENTOS
resuelve:

Artículo 1º: Apruébase el Protocolo de Calidad de Arándanos que figura en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2
º: Invítanse a las personas físicas y jurídicas que conforman la cadena productiva a adoptar e implementar las normas técnicas y de calidad contenidas en el Protocolo aprobado por el Artículo 1 de la presente medida.

Art. 3
º: Invítanse a todas las provincias a difundir, en sus respectivas jurisdicciones, el Protocolo de Calidad de Arándanos.

Art. 4
º: Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Javier M. de Urquiza.

This Post Has 0 Comments

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back To Top