Resolución 215/11 – Registro Unico de Generadores de Residuos Peligrosos
Registro Unico de Generadores de Residuos Peligrosos
Resolución 215/11
Consejo Federal de Medio Ambiente
Propiciar la creación del Registro Único de Generadores de Residuos Peligrosos.
Buenos Aires, 21 de julio de 2011
Publicada en el Boletín Oficial: 21 de julio de 2011
VISTO:
La Ley 25.675, 25.612, 24.051 y las leyes provinciales de adhesión, las normas locales armonizadas, diversas resoluciones del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), el proyecto de Ley de Presupuestos Mínimos para la Gestión Integral de los Residuos Peligrosos consensuado en el ámbito del COFEMA,
yCONSIDERANDO:
Que aquellos generadores de Residuos Peligrosos que desarrollen actividades, las cuales, por sus características potencialmente dañosas al ambiente, deben ser controladas y fiscalizadas fundamentalmente en los territorios provinciales, deben y tienen la obligación de registrarse;
Que a fin de lograr una mayor eficacia y optimización en el proceso de inscripción en el Registro, fiscalización y control de las actividades, resulta de imperiosa necesidad lograr la descentralización del proceso supra referido;
Que ello redundará en el fortalecimiento de las capacidades locales para la efectiva implementación de la normativa ambiental nacional y local, permitiendo la articulación de un trabajo en conjunto entre las diversas jurisdicciones que conforman el territorio nacional.
Por ello, en función de las atribuciones conferidas por el Acta Constitutiva del Consejo Federal de Medio Ambiente en la Ley 25.675,
EL CONSEJO FEDERAL DE MEDIO AMBIENTE
RESUELVE:
Artículo 1º: Propíciese la creación del Registro Único de Generadores, de Residuos Peligrosos.
Art. 2º: Encomiéndase a la Comisión de Residuos Peligrosos del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) que en conjunto con el área de residuos peligrosos de la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación desarrollen un proyecto, el cual versará sobre la creación y funcionamiento del mentado Registro Único y de un manifiesto informático, conforme los puntos que se describen en el Anexo I que forma parte integrante de la presente, a los fines de su tratamiento en la próxima Asamblea de COFEMA.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
ANEXO I
Conforme a lo resuelto en la presente Resolución, se detallan a continuación los puntos a tratar en forma conjunta entre la Comisión de Residuos Peligrosos del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) con el área de residuos peligrosos de la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación:
a) Creación, desarrollo e implementación del registro único para generadores, de residuos peligrosos, con el objeto de:
i. Lograr la inscripción del generador de residuos peligrosos en el ámbito de su jurisdicción, la cual estará obligada, una vez realizada la mencionada inscripción, a elevar la información pertinente al ámbito nacional, a fin de lograr la unificación de la información en el registro único creado a tales fines.
b) Desarrollar el carácter técnico y operativo del manifiesto único en línea, con el objeto de que cada jurisdicción pueda acceder a la información de la trazabilidad de los residuos peligrosos en su movimiento a través del territorio nacional.
c) Diseñar un sistema de control autosustentable de Residuos Peligrosos.
This Post Has 0 Comments