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Resolución 30/15 – Análisis De Muestras De Efluentes Líquidos Y Barros

11-escnacional

Análisis De Muestras De Efluentes Líquidos Y Barros 
Resolución 30/15
Ente Regulador de Agua y Saneamiento

Apuebase La Contratación Directa Con El Centro De Investigación Y Desarrollo De Inti – Ambiente Perteneciente Al Instituto Nacional De Tecnología Industrial (Inti) Para Efectuar Análisis De Muestras De Efluentes Líquidos Y Barros Descriptos En Las Condiciones Técnicas Para La Contratación

Buenos Aires, 11 de agosto de 2015

El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) ha dictado en el Expediente N° 2416-15 la Resolución ERAS N° 30 de fecha 5/8/2015, por la cual se aprueba la contratación directa con el CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE INTI – AMBIENTE, transcribiendo a continuación los artículos:

Artículo 1°— Apruébase la contratación directa con el CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE INTI – AMBIENTE perteneciente al INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) para efectuar análisis de muestras de efluentes líquidos y barros descriptos en las Condiciones Técnicas para la Contratación del Laboratorio de Análisis de Efluentes Líquidos y Barros que, como Anexo, se adjuntan a la presente Resolución, por el término de DOCE (12) meses y/o hasta agotar la partida correspondiente, por un importe de hasta la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO ($ 2.244.434.-), monto que será abonado de acuerdo al valor de los análisis realizados y previa certificación de la GERENCIA TÉCNICA del ERAS; encuadrando la presente contratación en lo dispuesto por el artículo 10.5 del Reglamento de Contrataciones aprobado como Anexo I por la Resolución ERAS N° 44/13; rigiéndose por lo dispuesto por los artículos 10°, 11°, 15° y concordantes del citado Reglamento.

Art. 2° — La presente resolución deberá ser ratificada en la primera reunión de Directorio del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS).

Art. 3° — Autorízase al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO a emitir la correspondiente orden de contratación conforme lo establecido por el artículo 1° de la presente resolución.

Art. 4° — Regístrese, tome conocimiento la GERENCIA TÉCNICA, pase al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO para su cumplimiento; dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación extractada y, cumplido, archívese.” Firma: Dr. Hugo Oscar Segura – Presidente.

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